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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 178 Martes, 19 de septiembre de 2017 Pág. 42724

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

RESOLUCIÓN de 1 de septiembre de 2017 por la que se acuerda incluir en el Catálogo del patrimonio cultural de Galicia como lugar de valor etnológico el conjunto de eras y hórreos de Mundín, en la parroquia de Garabás, en el término municipal de Maside (Ourense).

La Comunidad Autónoma de Galicia, al amparo del artículo 149.1.28 de la Constitución y a tenor de lo dispuesto en el artículo 27 del Estatuto de autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de patrimonio cultural. En ejercicio de ésta, se aprueba la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia. En el artículo 8.3 de la dicha Ley 5/2016, de 4 de mayo, se indica que: «Tendrán la consideración de bienes catalogados aquellos bienes y manifestaciones inmateriales, no declarados de interés cultural, que por su notable valor cultural sean incluidos en el Catálogo del patrimonio cultural de Galicia, a través de cualquiera de los procedimientos de inclusión previstos en esta ley. En todo caso, se integrarán en el Catálogo del patrimonio cultural de Galicia los bienes expresamente señalados en esta ley».

Los hórreos gallegos tienen una especial consideración y entre los objetivos generales de la ley está su protección. Así se recoge en el capítulo III del título VII de la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia, relativo a los bienes que integran el patrimonio etnológico y, especialmente, en los dictados del artículo 91.1 «A los efectos de esta ley, integran el patrimonio etnológico de Galicia los lugares, bienes muebles o inmuebles, las expresiones, así como las creencias, conocimientos, actividades y técnicas transmitidas por tradición, que se consideren relevantes o expresión testimonial significativa de la identidad, la cultura y las formas de vida del pueblo gallego a lo largo de la historia» y 91.3.a) «A los efectos de su posible declaración de interés cultural o catalogación se presume el valor etnológico de los siguientes bienes siempre que conserven de forma suficiente su integridad formal y constructiva y los aspectos característicos que determinan su autenticidad: a) los hórreos,...».

En la parte noroeste del núcleo de Mundín, lindando ya con sus huertas y terrenos de cultivo, existe una agrupación de hórreos que reúne a seis de ellos, en diferente estado de conservación, así como las evidencias de una pavimentación de piedra de una era destinada a la malla, y otro espacio de era en el que se encuentran muy próximos el resto de hórreos. Este conjunto de eras, espacio y posición agrupada y próxima de hórreos resulta singular y única en el núcleo, donde el resto de hórreos se disponen de forma asociada principalmente a la edificación principal a la que sirven.

En este conjunto se distinguen las eras de majar; en la parte más septentrional del núcleo de Mundín se localiza la denominada Eira de Arriba o de Os Macarrías, que se encontraría originalmente cerrada por un cierre de dimensión menor que el actualmente existente, y que lindaría con otra era conocida por Eira de Abaixo, las dos de uso privativo, aunque empleadas por los vecinos con la autorización de sus titulares.

Se mantiene en la Eira de Arriba un espacio delimitado y pavimentado en piedra, pavimento que, aunque afectado por el uso de materiales no tradicionales como las juntas de cemento e incluso el tendido parcial de hormigón, conserva de forma suficiente su trazado delimitado, su aspecto y carácter, y parcialmente la formalización y pavimento tradicionales de piedra de buen tamaño desgastadas superficialmente por el tiempo y el uso.

También en este espacio coexisten 6 hórreos con un diferente estado de conservación: cinco hórreos, todos ellos del tipo «piorno», con cámara de madera de duelas verticales apoyada sobre vigas de madera ensambladas colocadas sobre poyos de piedra con tornarratos a modo de mesas transversales y cubierta a dos aguas con grandes vuelos acabada con teja cerámica curva sobre entablado y estructura de madera; y los poyos o pies de otro hórreo localizado en la Eira de Arriba, del que no se conserva más que las vigas.

El valor etnológico de este conjunto destaca por la agrupación en una pequeña porción de terreno de una serie de hórreos, de un estilo y tipo constructivo muy semejante y coherente, conviviendo con el espacio para el desarrollo de los trabajos de almacenaje y secado del grano de maíz en eras de majar pavimentadas, en una posición intermedia entre las viviendas y los campos de cultivo. Esta confluencia en el espacio es la que debe destacarse entre del resto de elementos del conjunto y del núcleo de Mundín, y se estima de interés su conservación para el mantenimiento de las referencias tangibles de los modos de vida tradicionales que mantienen elementos en suficiente estado de integridad para asegurar su autenticidad.

El conjunto de eras y hórreos se considera como un lugar de valor etnológico al ser reflejo de los modos de vida tradicionales y de las relaciones entre las personas y sus medios de producción. La existencia de eras y hórreos conviviendo en un espacio único en el que puede observarse tanto la profusión y pequeña variación de detalles técnicos en la construcción, la diferente orientación y las relaciones de uso y mantenimiento reúnen valores propios que deben ser destacados por encima de los que individualmente poseen sus construcciones y materializaciones.

Su conservación se considera relevante por ser reflejo de la cultura y las formas de vida del pueblo gallego a lo largo de la historia.

A la vista de su contenido y de la información que acompaña el expediente, en la cual se acredita la concreción de la presunción de los valores culturales legalmente reconocidos, en especial su valor etnológico y antropológico, tomando en consideración la propuesta de la Dirección General del Patrimonio Cultural, es necesario proceder a la inclusión en el Catálogo del patrimonio cultural de Galicia de este bien en el ejercicio de la competencia que me atribuye el artículo 1 del Decreto 146/2016, de 13 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia, el artículo 3 del Decreto 4/2013, de 10 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia,

RESUELVO:

Primero. Acordar la inclusión en el Catálogo del patrimonio cultural de Galicia como bien inmueble con la categoría de lugar de valor etnológico, el conjunto de eras y hórreos de Mundín, en la parroquia de Garabás, en el término municipal de Maside (Ourense), según la descripción, categoría, nivel y régimen de protección que figura en el anexo I y la delimitación gráfica contenida en el anexo II.

Segundo. Ordenar su inscripción en el Catálogo del patrimonio cultural de Galicia.

Tercero. Publicar esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Cuarto. Notificar esta resolución a las personas interesadas y al Ayuntamiento de Maside.

Santiago de Compostela, 1 de septiembre de 2017

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ANEXO I
Descripción y nivel de protección

1. Denominación: conjunto de eras y hórreos del lugar de Mundín.

2. Descripción general.

El lugar de Mundín se encuentra al oeste de la iglesia parroquial de Garabás, en dirección a O Carballiño. Se trata de un grupo compacto de edificaciones con una compleja estructura viaria, que responde al modelo tradicional de asentamiento de este ámbito. En el conjunto pueden distinguirse más de una docena de hórreos con una forma muy semejante: una estructura rústica y poco trabajada de piedra para apoyo, conformada por pares de poyos con tornarratos individuales o agrupados por pares y una única cámara de madera con duelas verticales, con una cubierta de teja con amplios vuelos en los laterales. Esta solución simple, lo precario de su estabilidad estructural y su pequeño tamaño hacen que la conservación de las cámaras sea dificultosa pero también de sustitución o reparación fácil. Son abundantes los ejemplares que están apeados total o parcialmente con tablas clavadas o con estrechos puntales acodalados a los tornarratos o al suelo.

En el núcleo son abundantes las alteraciones o afecciones parciales de las edificaciones tradicionales y los pavimentos, si bien se mantiene la escala y la tipología de la vivienda y las afecciones son casi en todos los casos producidas por el uso de materiales modernos sin revestir o por la modificación parcial de alturas y volúmenes, así como de elementos como chimeneas, cableado o antenas. La imagen y compacidad del núcleo se mantiene y la lectura de su estructura tradicional conserva condiciones de su autenticidad.

3. Partes integrantes.

En la parte noroeste del núcleo de Mundín, próxima ya a las huertas y terrenos de cultivo, existe una agrupación de hórreos que reúne a seis de ellos, en diferente estado de conservación, así como las evidencias de una pavimentación de piedra de una era destinada a majar y otro espacio de era en el que se encuentran muy próximos el resto de hórreos. Este conjunto de eras, espacio y posición agrupada y próxima de hórreos resulta singular y única en el núcleo, donde el resto de hórreos se disponen de forma asociada principalmente a la edificación principal a la que sirven. Las partes integrantes de este conjunto son:

– Eras de majar: según el testimonio de varias personas recogido en la sentencia de la Audiencia Provincial de Ourense del Recurso de apelación 120/04, de 11.10.2004, en la parte más septentrional del núcleo de Mundín se localiza la denominada Eira de Arriba o de Os Macarrías, que se encontraría originalmente cerrada por un cierre de dimensión menor que el actualmente existente, y que lindaría con otra era conocida por Eira de Abaixo, las dos de uso privativo, aunque empleadas por los vecinos con la autorización de sus titulares. La Eira de Arriba sería un espacio delimitado y pavimentado en piedra, pavimento que, aunque afectado por el uso de materiales no tradicionales como el rejuntado de cemento e incluso el tendido parcial de hormigón, conserva de forma suficiente su trazado delimitado, su aspecto y carácter, y parcialmente, la formalización y pavimento tradicionales de piedra de buen tamaño desgastadas superficialmente por el tiempo y el uso. En estas condiciones la era mantiene de forma suficiente su integridad formal y condiciones de autenticidad.

– Pies del hórreo 6 en la Eira de Arriba: estructura de pares de pies para un hórreo probablemente de cámara sencilla del tipo de los hórreos del resto del núcleo, del que no se conservan más que las vigas.

– Cinco hórreos, todos ellos del tipo «piorno», con cámara de madera de duelas verticales apoyada sobre vigas de madera ensambladas colocadas sobre poyos de piedra con tornarratos a modo de mesas transversales y cubierta a dos aguas con grandes vuelos acabada con teja cerámica curva sobre entablado y estructura de madera. Las posiciones y orientaciones de los hórreos del conjunto son variadas y no siguen una orientación homogénea: dos de ellos tienen prácticamente orientación norte-sur mientras que el resto están orientados este-oeste. Todos ellos se agrupan dejando un espacio central en la zona sudoeste, la más próxima a la zona central del núcleo.

Hórreo número 1

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Hórreo situado en el extremo sureste del conjunto, separado del resto por un camino de uso público.

Tipología: hórreo tipo «piorno» con cámara de madera sobre seis pies de piedra y tres tornarratos dispuestos a modo de mesas transversales. La cubierta de teja cerámica plana con grandes vuelos en las cuatro fachadas.

Estado de conservación: regular. Elementos de piedra (pies y tornarratos) en buen estado. Cámara de madera deteriorada. Mantiene la verticalidad con la ayuda de un puntal de madera. Aparenta estar en uso.

Orientación: este-oeste.

Hórreo número 2

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Hórreo situado en el extremo sureste del conjunto, dentro del espacio común.

Tipología: hórreo tipo «piorno» con cámara de madera sobre cuatro pies de piedra y los correspondientes tornarratos. La cubierta de teja cerámica curva con grandes vuelos en las cuatro fachadas.

Estado de conservación: regular. Elementos de piedra (pies y tornarratos) en buen estado. Cámara de madera deteriorada. Mantiene la verticalidad con la ayuda de dos puntales de madera.

Orientación: este-oeste.

Hórreo número 3

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Hórreo situado en la zona central del conjunto, dentro del espacio común.

Tipología: hórreo tipo «piorno» con cámara de madera sobre cuatro pies de piedra y los correspondientes tornarratos. La cubierta de teja cerámica curva con grandes vuelos en las cuatro fachadas.

Estado de conservación: malo. Elementos de piedra (pies y tornarratos) en buen estado. Cámara de madera muy deteriorada. No mantiene la verticalidad y se mantiene en pie con la ayuda de numerosos puntales de madera.

Orientación: este-oeste.

Hórreo número 4

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Hórreo situado en la zona central del conjunto, en el lado norte próximo al hórreo número cinco.

Tipología: hórreo tipo «piorno» con cámara de madera sobre seis pies de piedra y seis tornarratos. La cubierta de teja cerámica curva con grandes vuelos en las cuatro fachadas.

Estado de conservación: bueno. Elementos de piedra (pies y tornarratos) en buen estado. Cámara de madera deteriorada. Mantiene la verticalidad.

Orientación: norte-sur

Hórreo número 5

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Hórreo situado en la zona central del conjunto, en el lado norte próximo al hórreo número cuatro.

Tipología: hórreo tipo «piorno» con cámara de madera sobre seis pies de piedra y dos tornarratos dispuestos a modo de mesas transversales. La cubierta de teja cerámica plana con grandes vuelos en las cuatro fachadas.

Estado de conservación: bueno, con alguna alteración del estado originario. Elementos de piedra (pies y tornarratos) en buen estado la línea sur, mientras que la línea norte está afectada por una estructura descontextualizada. Cámara de madera rehabilitada. Mantiene la verticalidad.

Orientación: norte-sur.

Hórreo número 6

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Hórreo situado en la zona norte del conjunto, próximo a la zona pavimentada.

Tipología: no se puede determinar el tipo ya que únicamente se conservan los pies de piedra y parte de las vigas de madera.

Estado de conservación: sólo conserva la base de piedra.

Orientación: este-oeste.

4. Valoración cultural.

El valor etnológico de este conjunto destaca por la agrupación en una pequeña porción de terreno de una serie de hórreos, de un estilo y tipo constructivo muy semejante y coherente, conviviendo con el espacio para el desarrollo de los trabajos de acopio y oreo del grano de maíz en eras de majar pavimentadas, en una posición intermedia entre las viviendas y los campos de cultivo. Esta confluencia en el espacio es la que debe destacarse entre el resto de elementos del conjunto y del núcleo de Mundín, y se estima de interés su conservación para el mantenimiento de las referencias tangibles de los modos de vida tradicionales que mantienen elementos en suficiente estado de integridad para asegurar su autenticidad.

5. Categoría.

El conjunto de eras y hórreos se considera como un lugar de valor etnológico al ser reflejo de los modos de vida tradicionales y de las relaciones entre las personas y sus medios de producción. La existencia de eras y hórreos conviviendo en un espacio único en el que puede observarse tanto la profusión y pequeña variación de detalles técnicos en la construcción, la diferente orientación y las relaciones de uso y mantenimiento reúnen valores propios que deben ser destacados por encima de los que individualmente poseen sus construcciones y materializaciones. Su conservación se considera relevante por ser reflejo de la cultura y las formas de vida del pueblo gallego a lo largo de la historia.

6. Nivel de protección.

Hórreos 1 a 6: nivel de protección estructural.

Eras de majar: nivel de protección ambiental.

7. Régimen de protección.

El régimen de protección del lugar de valor etnológico catalogado será lo que define el capítulo III del título II de la Ley 5/2016, de 5 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia, en concreto, en los artículos 39 a 44.

Las intervenciones que se pretendan realizar en bienes de interés cultural o catalogados, así como, en su caso, en su contorno de protección, tendrán que ser autorizadas por la consellería competente en materia de patrimonio cultural, con las excepciones que se establecen en esta ley.

En cualquier caso, es necesario recordar que la utilización de los bienes declarados de interés cultural o catalogados quedará subordinada a que no se pongan en peligro los valores que aconsejan su protección, por lo que los cambios de uso sustanciales deberán ser autorizados por la consellería competente en materia de patrimonio cultural. Sin embargo, es necesario hacer unas precisiones relativas a las diferentes intervenciones que pueden ser autorizadas en el ámbito protegido en función de la naturaleza de los elementos que componen el conjunto, así como en el contorno de protección definido:

– Eras de majar: se mantendrá el pavimento de piedra existente en toda su extensión, por lo que serán autorizables las obras de investigación, valoración, mantenimiento, conservación, consolidación y restauración del pavimento de piedra existente. En el resto del pavimento delimitado en el que en la actualidad no existe o no es visible el pavimento de piedra y, puesto que se dispone de información suficiente sobre el sistema y tipo constructivo, el material y sus dimensiones, así como de su forma y tamaño general, serán autorizadas las actuaciones de rehabilitación e incluso reconstrucción de la era, encaminada a reforzar la lectura y apreciación de este espacio como un ámbito ligado a la actividad agrícola. En el caso de la Eira de Abaixo se priorizará el uso de materiales térreos y naturales compactados, que también son de uso tradicional en este contexto y compatibles con los valores culturales del conjunto. Finalmente, y como también se ha acreditado documentalmente la existencia de elementos delimitadores previos entre las eras, podrá ser autorizada la construcción de un cierre siempre que las dimensiones y materiales garanticen la conservación de los bienes protegidos y de sus condiciones de apreciación y según los modelos y características de los tradicionales de este tipo de elementos en su entorno inmediato o en su contexto cultural próximo.

– Hórreos: en los hórreos serán autorizables las obras de investigación, valoración, mantenimiento, conservación, consolidación y restauración. También las de rehabilitación, siempre que tengan por objeto la recuperación del uso agrícola original o usos complementarios compatibles, como el almacenaje. Serán autorizables obras de reestructuración parcial o total, especialmente de las cámaras de madera, siempre que se justifique convenientemente mediante un proyecto técnico en el que se analice y justifique la intervención y según los criterios legales establecidos. En el caso del hórreo 6 será autorizable una intervención de reconstrucción que tenga por objeto recuperar la forma y funcionalidad de la cámara del hórreo desaparecida siguiendo el modelo de hórreo presente en el núcleo de Mundín y, en especial, en este conjunto de valor etnológico.

– Contorno: las actuaciones que se realicen en su contorno deberán mantener las características propias del núcleo tradicional, en especial a la tipología de las edificaciones, los sistemas constructivos de muros y cubriciones, las dimensiones y proporciones de los huecos y los materiales que le son propios. En concreto, se mantendrán en estas intervenciones los criterios señalados en el artículo 46 de la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia:

a) Se procurarán evitar los movimientos de tierras que supongan una variación significativa de la topografía original del contorno.

b) Se procurará su compatibilidad con los elementos configuradores de la estructura territorial tradicional, como son la red de caminos, los muros de cierre, los setos, las tapias, los taludes y otros semejantes.

c) Se emplearán materiales, soluciones constructivas y características dimensionales y tipológicas en coherencia con el ámbito en cualquier tipo de intervenciones.

d) Se mantendrán preferentemente la estructura y la organización espacial del contorno, con la conservación general de las alineaciones y rasantes.

e) Se procurará y se valorará la integración y compatibilidad de los usos y costumbres tradicionales y característicos configuradores del ambiente con los de nueva implantación.

f) Se facilitará la implantación de actividades complementarias compatibles con los valores culturales de los bienes que garanticen la continuidad de su mantenimiento con el establecimiento de nuevos usos.

ANEXO II
Delimitación gráfica del bien y contorno de protección

1. Identificación del bien.

Las eras de majar del conjunto de valor etnológico de Mundín corresponden en la actualidad con la localización gráfica definida por la parcela 1219 del polígono 6 del lugar de Maside, con una superficie aproximada de unos 570 m2, con referencia catastral 32046A006012190000GJ. La parte occidental limitada por muros correspondería con la Eira de Arriba o de Os Macarrías y la oriental, con la Eira de Abaixo. El hórreo 1 está localizado hacia el sureste de la parcela, en el espacio público. Los hórreos 2 a 5 se encuentran en la Eira de Abaixo, mientras que los restos del hórreo 6 se encuentran en la Eira de Arriba. Dado que las eras son contiguas y colindantes, se propone una única delimitación, reconociendo la existencia tradicional de elementos separadores y un uso y titularidad, en su caso, diferenciado de las mismas.

Para localizar los elementos se emplea el sistema de coordenadas UTM ETRS89 huso 29 con la siguiente distribución:

Elemento

Coordenadas UTM ETRS89 huso 29

X

Y

Eiras de Arriba y de Abaixo

a

580108

4698060

b

580100

4698052

c

580125

4698019

d

580138

4698027

Hórreos

Hórreo 1

580143

4698023

Hórreo 2

580136

4698027

Hórreo 3

580130

4698032

Hórreo 4

580124

4698035

Hórreo 5

580125

4698039

Hórreo 6

580118

4698039

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2. Contorno de protección.

El contorno de protección de este conjunto está conformado por las fincas, edificaciones y espacios que rodean este ámbito y desde los que resultan visibles. Dada la naturaleza compacta del conjunto, se estima acertado un contorno limitado a los que resultan colindantes e inmediatos con las eras y los hórreos y los caminos públicos que lo rodean. En el contorno de protección están incluidas las siguientes parcelas del polígono 6 en Mundín, Garabás, Maside (Ourense): 019, 021, 022, 023, 031, 032, 037, 040, 042, 045, 123, 1133, 1140, 1141, 1142, 1143, 1144, 1240, 1241, 1242, 1244, 1245, 1246, 1247, 1248, 1249 y 1279.

El contorno comienza en el cruce entre la carretera provincial OU-0405 y la carretera municipal de Mundín, punto A, descendiendo hacia el sudoeste hasta el vértice sudoeste de la parcela 123 del polígono seis, punto B, hasta el vértice sureste, punto C de la misma parcela. La línea sigue el trazado hacia el vértice noroeste de la parcela 1133, punto D, y bordea ésta y la 1248 por el sur y este hasta el punto E, en el límite sur de la parcela 1240. El contorno bordea esta parcela por el linde este y los mismos lindes de las parcelas 040, 042, 045 hasta el punto F en el límite de la 045. Desde aquí por las lindes sur de la parcela 045 y 1279 hasta el punto G. El contorno sigue por los lindes este de las parcelas 1279, 1242 y 037 hasta el encuentro con el camino público en el punto H, en el que la línea gira hacia el oeste para encontrar un punto I en el vértice sur de la parcela 1243. Desde aquí al punto L en el vértice norte de la parcela 032, colindante con la 1243, y sigue hasta el punto M por las lindes nordeste de las parcelas 031, 1245, 1246, 1142, 1143 y 1144.

Desde aquí gira el contorno hacia el sudoeste en el vértice de la parcela 1144 con la 1141 en el punto N, que sigue por la linde nordeste de las parcelas 1141 y 1140 hasta el Ñ. Une este punto con el O en el vértice oeste de la parcela 1140, desde el contorno cierra unido al punto A de origen.

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Eiras de Arriba y de Abaixo

Hórreos

Contorno de protección