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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 168 Martes, 5 de septiembre de 2017 Pág. 41672

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 10 de agosto de 2017, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Carballo (expediente IN407A 2017/066-1).

Expediente: IN407A 2017/066-1.

Promotora: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Denominación de la instalación: retranqueo LMT CBL-707 A derivada a CT Casilla.

Ayuntamiento: Carballo.

Hechos:

1. El 12 de abril de 2017 la promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante su inserción en el DOG nú. 107, de 7 de junio de 2017 y en el BOP núm. 94, de 22 de mayo de 2017.

3. Se solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectados. La promotora manifestó su conformidad con los condicionados establecidos.

4. Los servicios técnicos de la jefatura territorial emitieron un informe favorable sobre dicha solicitud.

Consideraciones legales y técnicas:

1. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

2. El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

3. El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

4. El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

5. El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

6. Las características técnicas de la instalación son las siguientes:

– Desmantelamiento tramo LMT CBL-707A, derivada a CT Casilla, a 15 kV, de 121 m, conductor tipo LA-56 mm2, con origen en el apoyo nº C2 existente, de celosía metálica del cuádruple circuito que forman las líneas CBL-707A, CBL-805B, CBL-809 y CBL-708B, origen de la derivada al CT Casilla (expediente 9.005), y final en el CT Casilla (expediente 9.005) a sustituir. Se proyectará la demolición de la caseta de obra civil en la que se sitúa el CT Casilla existente.

– LMTS a 15 kV, de 599 m, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 1×240 mm2 Al, con origen en los empalmes proyectados en la LMTS CBL-702, en el tramo entre el CT Vicente Risco, nº 13 (expediente 257/06) y el CT avda. de Finisterre, nº 64 (expediente 401/06), y final en la celda de línea existente en el CT avda. de Finisterre, nº 64, después de realizar a E/S en el nuevo CT Casilla proyectado.

– Nuevo CTC Casilla prefabricado, con una potencia de 400 kVA, una relación de transformación de 15.000/400-230 V y configuración 2L+1P.

El presupuesto de la instalación según el proyecto es de 81.855,91 €.

7. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo indicado,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

– Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

– Un certificado del director del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiera, así como de las de las reglamentaciones y normas oportunas, en el montaje de la instalación y puesta a punto.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que fuesen de aplicación según la legislación vigente, en especial la relativa a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

A Coruña, 10 de agosto de 2017

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña