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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 167 Lunes, 4 de septiembre de 2017 Pág. 41592

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 21 de agosto de 2017 por la que se notifica la incoación del expediente de restitución y reposición de la legalidad POL/26/2017-RP1, devuelto por el servicio de Correos por resultar los destinatarios ausentes en el reparto.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística acordó, el día 21 de junio de 2017, incoar expediente de restitución y reposición de la legalidad, por actuaciones abusivas dentro de la servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre, en el lugar de Soutullo, Punta Corbeiro, parroquia de Noalla, término municipal de Sanxenxo (Pontevedra).

Al no poderse realizar la notificación personal del acuerdo a Daniel Souto de Celis y a Lucía Sánchez González, mediante la presente cédula y, al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se le notifica a los interesados dicho acuerdo por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se le hace saber a los interesados que el texto íntegro del acuerdo que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, Edificio Witland, 1er piso, Salgueiriños, Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Los interesados dispondrán de un plazo de 15 días hábiles, para alegar y presentar los documentos e informaciones que estimen convenientes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretendan valerse.

Para que conste y le sirva de notificación a los interesados, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 21 de agosto de 2017

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística
P.S. (Artículo 3 del Decreto 51/2008, de 6 de marzo)
José María Domínguez Blanco
Subdirector de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística