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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 163 Martes, 29 de agosto de 2017 Pág. 40862

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (626/2014).

Yo, Susana Varela Amboage, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 626/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Pablo Gómez Rodríguez contra Isalcor Valga, S.L., EXL Quintaglass, S.L., Estevan Crego Pedrido, Fondo de Garantía Salarial, Alicia Carro Lorenzo, Carpintería Metálica Tecre, S.L., Atesvi, S.L., Javier López Romero, Isidro Carro Lorenzo, Exlabesa sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución cuyo fallo expresa:

«1º. Que estimando sustancialmente la demanda interpuesta por Pablo Gómez Rodríguez en cuanto se dirigió contra las empresas Isalcor Valga, S.L. y Carpintería Metálica Tecre, S.L., debo condenarlas y las condeno a que conjunta y solidariamente abone a la actora la cantidad de 2.233,12 € incrementada con un interés del 10 %, contabilizado desde la interposición de la papeleta de conciliación y hasta el dictado de la presente resolución, fecha a partir de la cual y hasta su completo abono, la adición de tal importe y sus intereses devengará el legal del dinero incrementado en dos puntos porcentuales.

2º. Que debo condenar y condeno al Fogasa a estar y pasar por la condena impuesta a las empresas demandadas.

3º. Que, asimismo, debo condenar y condeno a la administración concursal de la entidad Isalcor Valga, S.L., a estar y pasar por la condena impuesta a tal empresa.

4º. Que debo absolver y absuelvo a Atesvi, S.L. y su administración concursal de todos los pedimentos articulados en su contra.

5º. No se hace especial imposición de costas.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que, contra ella, no cabe recurso alguno.

Así por ésta, mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Carpintería Metálica Tecre, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 28 de julio de 2017

La letrada de la Administración de justicia