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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 160 Jueves, 24 de agosto de 2017 Pág. 40415

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (299/2015).

Yo, Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de Refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 299/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María Begoña Rey Álvarez, Antonio Carmelo Álvarez Justo, Sergio Rey Caridad, Gerardo Marzoa Suárez, María Jesús Iglesias Vázquez, Alfonso Vázquez Rivas, José Rodríguez Lago, Ricardo Rosende Louro, Antonio Cacharrón Mosquera y Antonio Cacharrón Gómez contra Industrias Caamaño, S.L. y Fogasa sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

«Refuerzo

Juez: Javier López Cotelo

Procedimiento: reclamación cantidad nº 299/2015.

Demandante: María Begoña Rey Álvarez, Antonio Carmelo Álvarez Justo, Sergio Rey Caridad, Gerardo Marzoa Suárez, María Jesús Iglesias Vázquez, Alfonso Vázquez Rivas, José Rodríguez Lago, Ricardo Rosende Louro, Antonio Cacharrón Gómez y Antonio Cacharrón Mosquera.

Letrado: Sr. Pérez López.

Demandado: Industrias Caamaño, S.L.

A Coruña, 13 de julio de 2017

Fallo:

Estimo la demanda formulada por María Begoña Rey Álvarez, Antonio Carmelo Álvarez Justo, Sergio Rey Caridad, Gerardo Marzoa Suárez, María Jesús Iglesias Vázquez, Alfonso Vázquez Rivas, José Rodríguez Lago, Ricardo Rosende Louro, Antonio Cacharrón Gómez y Antonio Cacharrón Mosquera frente a la empresa Industrias Caamaño, S.L.U., y, en consecuencia, condeno a ésta a pagar las siguientes cantidades:

A María Begoña Rey Álvarez: 9.969,56 euros.

A Antonio Carmelo Álvarez Justo: 11.801,35 euros.

A Sergio Rey Caridad: 9.391,26 euros.

A Gerardo Marzoa Suárez: 10.936,12 euros.

A María Jesús Iglesias Vázquez: 11.892,82 euros.

A Alfonso Vázquez Rivas: 9.391,26 euros.

A José Rodríguez Lago: 10.936,12 euros.

A Ricardo Rosende Louro: 12.273,68 euros.

A Antonio Cacharrón Gómez: 9.391,26 euros.

A Antonio Cacharrón Mosquera: 11.108,25 euros.

El Fogasa deberá de pasar por lo resuelto sin perjuicio de los límites legales a su responsabilidad.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias dejando testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiéndoles que contra ella se podrá interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución por comparecencia o mediante escrito, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo.

Así, lo pronuncio, mando y firmo».

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por el juez que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la letrada de la Administración de justicia, doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Industrias Caamaño, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 13 de julio de 2017

La letrada de la Administración de justicia