La persona titular del Servicio de Movilidad de Lugo dictó la resolución del expediente sancionadore LU-00171-O-2017 y cinco más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.
Intentada la notificación de la resolución por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, ésta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican las resoluciones dictadas a las personas interesadas.
Se les informa de que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas del Servicio de Movilidad de Lugo.
Se les comunica que contra la resolución sancionadora, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el director general de Movilidad de la Consellería de Infraestructuras y Vivienda, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE.
En caso de conformidad con la resolución sancionadora, la persona interesada deberá abonar la multa impuesta, empleando el modelo impreso que se facilitará en el Servicio de Movilidad de la Jefatura Territorial de Lugo.
En el caso de no presentar recurso de alzada y no pagar la sanción impuesta, se procederá a su cobro por la vía de apremio según lo previsto en la normativa vigente.
Lugo, 14 de julio de 2017
Mª del Pilar Represa Fernández
Jefa del Servicio de Movilidad de Lugo
ANEXO
Expediente Matrícula |
Persona sancionada DNI/CIF |
Infracción cometida Fecha-Hora-Carretera.p.k. |
Precepto calificador |
Precepto sancionador |
Sanción impuesta |
LU-00171-O-2017 3674-DCZ |
Maderas Marcos Rodríguez B27456441 |
El exceso igual o superior al 2,5 % e inferior al 10 % sobre la MMA total en vehículos con MMA superior a 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 7 %. 10.1.2017; 7.12; NVI; 543,8 |
Art. 142.2 LOTT |
Art. 143.1.c) LOTT |
366 euros |
LU-00665-O-2017 3519-JMK |
Grupo Gasmedi, S.L.U. B84745801 |
Utilizar paneles, placas-etiquetas, etiquetas, placas, marcas, letras, figuras o símbolos en los que el tamaño no se ajuste al exigido. 9.3.2017;16.40; A-6; 529,0 |
Art. 142.7.2 LOTT |
Art. 143.1.c) LOTT |
301 euros |
LU-00981-O-2017 5245-JGM |
Rodrigo Puerto Valcarce 10083556B |
Exceso en el tiempo de conducción bisemanal (90 horas). Más de 90 horas hasta 100 horas. 24.4.2017; 10.00; LU-541; 0,1 |
Art. 142.17 LOTT |
Art. 143.1.a) LOTT |
100 euros |
LU-02141-O-2016 9885-JLT |
Transhemapo, S.L. B98723109 |
Disminución del descanso diario reducido (sobre 9 horas). Igual o superior a 8 horas e inferior a 9 horas. 19.11.2016; 12.38; AG64; 55,9 |
Art. 142.17 LOTT |
Art. 143.1.a) LOTT |
100 euros |
LU-02143-O-2016 9885-JLT |
Transhemapo, S.L. B98723109 |
Disminución del descanso diario reducido (sobre 9 horas). Igual o superior a 8 horas e inferior a 9 horas. 19.11.2016; 12.40; AG64; 55,9 |
Art. 142.17 LOTT |
Art. 143.1.a) LOTT |
100 euros |
LU-02211-O-2016 3755-HVC |
María Begoña Rego Mouriño 33330079C |
No llevar a bordo de un vehículo arrendado el contrato de arrendamiento o copia del mismo, o llevarlo sin cumplimentar. 30.11.2016; 11.25; A6; 529 |
Art. 142.9 LOTT Art. 142.8 LOTT |
Art. 143.1.b) LOTT |
201 euros |