Yo, María Dolores Prieto Rascado, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Ourense, por el presente,
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En el presente procedimiento ordinario 531/2016, seguido a instancia de Judit Domínguez Fernández frente a Ahmed Yahiaoui, se ha dictado sentencia y posterior aclaración, cuyos tenores literales extractados son los siguientes:
«Sentencia extinción patria potestad.
Sentencia número 345/2017.
Magistrada jueza: Laura Guede Gallego.
Ourense, 29 de marzo de 2017.
Vistos los presentes autos número 531/2016 sobre extinción de la patria potestad, promovidos por el procurador Sr. Enríquez en nombre y representación de Judith Domínguez Fernández y bajo la dirección letrada de Sra. Gil frente a Ahmen Yahiaoui, que fue declarado en rebeldía, con intervención del Ministerio Fiscal.
Parte dispositiva.
Estimo la demanda presentada por el procurador Sr. Enríquez en nombre y representación de Judith Domínguez Fernández frente a Ahmen Yahiaoui, y acuerdo extinguir la patria potestad de Ahmen Yahiaoui en relación a los menores A. Y. D. y I. Y. D.
Firme que sea la presente resolución, mándense los oficios pertinentes al Registro Civil. Conforme a lo dispuesto en el artículo 208.4 de la LEC, se indica que la presente resolución no es firme y que contra la misma cabe interponer, en el plazo de 20 días, recurso de apelación (artículos 457 y ss. LEC) ante este juzgado.
Así lo acuerda, manda y firma S.S.ª. Doy fe.
El/la magistrado/a juez/a».
Auto del tribunal resolviendo la solicitud de aclaración de la resolución judicial número 345/2017.
«Auto.
Jueza/magistrada jueza: Laura Guede Gallego.
Ourense, 17 de abril de 2017.
Parte dispositiva.
Acuerdo:
Acuerdo aclarar la sentencia número 345/2017, de 29 de marzo de 2017 y en donde dice: «… A.Y. D. e I.Y.D. …», debe decir: «…A. D. Y. e I. D. Y. …».
Modo de impugnación: contra esta resolución no cabe recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución que aquí se aclara/adiciona.
Así lo acuerda y firma S.Sª.; doy fe.
La magistrada jueza. La letrada de la Administración de justicia».
Y encontrándose dicho demandado, Ahmed Yahiaoui, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
Ourense, 17 de abril de 2017
La letrada de la Administración de justicia