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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 135 Lunes, 17 de julio de 2017 Pág. 34418

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

ORDEN de 10 de julio de 2017 por la que se autoriza la transmisión inter vivos del permiso de actividad y concesión administrativa de un establecimiento de cultivos marinos.

Visto el expediente de cambio de titularidad de la granja marina que Insuiña, S.L. tiene en el lugar de Ardia, O Grove (Pontevedra), resulta:

a) Antecedentes:

Primero. Mediante escrito de 30 de mayo de 2017, Rafael Prieto Rodríguez (35284482K), en nombre y representación de Insuiña, S.L. (B36021954), solicitó autorización para la transmisión de la granja marina situada en Ardia, O Grove (Pontevedra).

Segundo. El interesado aportó la documentación requerida para la tramitación.

Tercero. En el expediente obra la siguiente documentación, referida al resultado de la información oficial.

Informes de 15 de febrero de 2002 y de 31 de julio de 2002, de la Dirección General de Costas del Ministerio de Medio Ambiente, sobre la concesión de una superficie de 482,00 metros cuadrados de bienes de dominio público marítimo-terrestre.

Informe técnico biológico favorable del biólogo de la Jefatura Comarcal de Vilagarcía de Arousa de 6 de julio de 2017.

b) Consideraciones legales y técnicas:

Primero. Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia (DOG núm. 243, de 16 de diciembre), modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre (DOG núm. 243, de 15 de diciembre); con la Resolución de 5 de junio de 2017, de delegación de firma en materia de acuicultura en las personas titulares de las jefaturas territoriales de la Consellería del Mar. Asimismo, el Decreto 168/2015, de 13 de noviembre, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consellería del Mar, dispone la creación de las jefaturas territoriales.

Segundo. El expediente siguió todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Decreto 274/2003, de 4 de junio, por el que se regula el procedimiento de obtención del permiso y concesión de actividad para los establecimientos de acuicultura y auxiliares de acuicultura en la zona terrestre (DOG núm. 110, de 9 de junio).

Vistas las disposiciones citadas, el artículo 88 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y demás normas de general y pertinente aplicación, esta consellería resuelve:

Autorizar la transmisión inter vivos, a favor de Nueva Pescanova Biomarine Center, S.L. (B94151719), del permiso de actividad y concesión administrativa del establecimiento que se indica a continuación:

Identificación:

Tipo: granja marina.

Nombre: Insuiña, S.L.

Localización: Ardia, O Grove (Pontevedra).

Fecha de otorgamiento del permiso de actividad: 24.4.1984 (DOG núm. 87, do 3 de mayo).

Vigencia: 24.4.2024.

Superficie de dominio privado: 17.417,88 m2.

Superficie de dominio público marítimo-terrestre: 482,00 m2.

Actual titular: Insuiña, S.L. (B36021954).

Nueva titular: Nueva Pescanova Biomarine Center, S.L. (B94151719).

Bajo las siguientes condiciones:

Primera. La actual titular deberá presentar en el plazo máximo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia, original o fotocopia compulsada de la siguiente documentación:

a) Documento notarial de la transmisión o donación.

b) Solicitud o carta de pago del impuesto de transmisiones patrimoniales o documento de sucesiones.

Segunda. Transcurrido el plazo indicado en la condición primera sin haber aportado la documentación requerida, la autorización quedará sin efecto, previa comunicación por parte de la consellería.

Tercera. La nueva titular del permiso de actividad y de la concesión queda subrogada en los derechos y obligaciones de la anterior desde el momento de formalización de la compraventa en escritura pública.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, ante la conselleira del Mar, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Vigo, 10 de julio de 2017

La conselleira del Mar
Por delegación de firma (Resolución de 5.6.2017)
Sonia Lorenzo Santos
Jefa territorial de Vigo