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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 131 Martes, 11 de julio de 2017 Pág. 33572

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Escuela Gallega de Administración Pública

ANUNCIO de 6 de junio de 2017 por el que se hace pública la resolución de la concesión de una beca de formación en estudios relacionados con el derecho administrativo.

En cumplimiento de lo establecido en la base décima de la Resolución de 27 de enero de 2017 (DOG núm. 36, de 18 de abril), se hace pública la Resolución de 5 de junio de 2017 de la concesión de una beca de formación en estudios relacionados con el derecho administrativo:

Resolución de 5 de junio de 2017 por la que se adjudica la beca de formación en derecho administrativo (PR770F).

Hechos.

1. La Escuela Gallega de Administración Pública (en adelante, EGAP) convocó por Resolución de 27 de enero de 2017 (DOG núm. 36, de 18 de abril), una beca de formación en estudios relacionados con el derecho administrativo, concediéndose un plazo de un mes para que las personas interesadas presentaran sus solicitudes.

2. Mediante la Resolución de la directora de la EGAP de 5 de abril de 2017 se nombró a las personas integrantes de la comisión de evaluación.

3. Terminado el plazo de presentación de instancias y enmendadas las deficiencias observadas en la documentación presentada por las personas solicitante, dicha comisión se reunió para evaluar sus méritos.

Después de realizar dicha evaluación, se publicó en la web de la EGAP http://egap.xunta.gal y en su tablón de anuncios el listado provisional de posibles becarios/as con las puntuaciones obtenidas y se concedió un plazo de tres días para presentar alegaciones. Contra dicho listado no se formuló ninguna alegación.

4. El día 22 de mayo de 2017, la comisión de evaluación entrevistó a aquellas personas candidatas que consiguieron la puntuación mínima establecida en la evaluación de méritos y que se presentaron a la misma.

Como consecuencia de dichas entrevistas, el día 29 de mayo de 2017, la comisión eleva a la directora de la EGAP una propuesta de concesión para la designación de Alejandro Villanueva Turnes como titular la beca.

Consideraciones legales y técnicas.

Primera. La competencia para dictar esta resolución corresponde a la directora de la EGAP, según lo establecido en la base décima de la convocatoria.

Segunda. De acuerdo con lo establecido en la base novena de la convocatoria, la comisión de evaluación examinó y valoró los méritos y realizó la entrevista de las personas candidatas, concluyendo que la persona con mayor puntuación de la beca es Alejandro Villanueva Turnes, que obtuvo un total de 21,09 puntos.

Esta conclusión fue recogida en la propuesta que elevó la directora de la EGAP, de conformidad con lo exigido por la base décima de la convocatoria.

Por lo expuesto y examinada la propuesta de la comisión para su adjudicación,

RESUELVO:

1º. Adjudicar la beca de referencia a Alejandro Villanueva Turnes por ser el candidato al que corresponde por orden de puntuación. La efectividad de la beca reconocida será desde la fecha de su incorporación hasta el 31 de diciembre de 2017.

2º Recordar al beneficiario que, de acuerdo con lo dispuesto por la base décimo primera de la convocatoria, una vez recibida la notificación de esta resolución de concesión de la beca, dispondrá de un plazo de diez días para comunicar a la EGAP su aceptación o renuncia a la beca. Transcurrido este plazo sin que se produjera manifestación expresa por su parte, se entenderá tácitamente aceptada, según lo establecido en el artículo 21.5 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

3º. Recordar al beneficiario que, de acuerdo con lo dispuesto por la base décimo primera de la convocatoria, en el plazo de cinco días contados desde la aceptación expresa de la beca o del transcurso del plazo para entenderla tácitamente aceptada, deberá incorporarse al desempeño de la beca en la EGAP. En el caso de que el beneficiario no se incorporara en este plazo o que renunciara expresamente, perderá los derechos inherentes a la beca.

Contra esta resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la directora de la EGAP, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la resolución, en los términos de los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.4 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, regulador de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 6 de junio de 2017

Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública