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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 130 Lunes, 10 de julio de 2017 Pág. 33368

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO de notificación de sentencia (62/2015).

Yo, María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 62/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Sergio Liñares Brandón contra o Fogasa y Falcón Contratas y Seguridad, S.A., sobre ordinario, se ha dictado Sentencia de fecha 19 de junio de 2017 con el número 303/2017, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

«Santiago de Compostela, 19 de junio de 2017.

Vistos por mí, Paula Méndez Domínguez, magistrada del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, los presentes autos de procedimiento ordinario número 62/2015, sobre procedimiento ordinario, seguidos a instancia de Sergio Liñares Brandón, representado y asistido por el letrado Sr. Blanco Lobeiras; contra Falcón Contratas y Seguridad, S.A., que no ha comparecido al acto del juicio oral; habiendo sido citado el Fogasa, que no ha comparecido al acto del juicio oral; en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución española, dicto la presente sentencia, con base en lo siguiente:

Que, estimando íntegramente la demanda interpuesta por Sergio Liñares Brandón contra Falcón Contratas y Seguridad, S.A., debo condenar y condeno a la mercantil demandada a que le abone al demandante la suma de 879,26 euros por los conceptos indicados en el hecho probado quinto de esta sentencia, más los intereses por mora previstos en el artículo 29.3 del ET, respecto de dicha cantidad desde la presentación de la papeleta de conciliación hasta la presente resolución, y los del artículo 576 de la LEC, a partir de la presente resolución.

En lo que atañe a la responsabilidad del Fogasa, no ha lugar a su condena en esta instancia, debiendo estarse a lo que resulte del artículo 33 del ET.

Notifíquese a las partes y al Fogasa la presente resolución, haciéndoles saber que frente a la misma no cabe recurso.

La anterior resolución se entregará a la letrada de la Administración de justicia para su custodia e incorporación al libro de sentencias. Insértese en las actuaciones por medio de testimonio.

Por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Falcón Contratas y Seguridad, S.A., en paradero ignorado, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y su fijación en el tablón de anuncios de este juzgado.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 20 de junio de 2017

La letrada de la Administración de justicia