Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 127 Miércoles, 5 de julio de 2017 Pág. 32729

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de A Coruña

ANUNCIO de aprobación definitiva de la modificación puntual del Plan general de ordenación municipal de A Coruña relativa al Colegio Hogar Calvo Sotelo (expediente 631/2015/354).

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 82.1 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y el artículo 199.2 del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la ley anterior, se informa de que el Pleno municipal, en la sesión celebrada el 8 de mayo de 2017, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

«Primero. Aprobar definitivamente el documento denominado “Modificación puntual del Plan general de ordenación municipal. Colegio Hogar Calvo Sotelo. Documento para aprobación provisional. Febrero 2017”, redactado por el Servicio de Planeamiento y Gestión del Suelo.

Segundo. Ordenar la diligencia del documento con el sello de aprobación definitiva.

Tercero. Realizar los trámites previstos en los artículos 82 y 88 de la Ley 2/2016, de suelo de Galicia; artículos 199 y 212 del Decreto 143/2016, reglamento para el desarrollo de la ley anterior; y Orden de 10 de marzo de 2017, por la que se establecen los modelos normalizados de solicitudes para la inscripción de datos en el Registro de Planeamiento Urbanístico de Galicia, a los efectos de la entrada en vigor del documento aprobado.

Cuarto. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 29.7 del Real decreto 297/2013, de 26 de abril, sobre servidumbres aeronáuticas, presentar una copia del documento aprobado definitivamente, junto con la certificación del acto de aprobación, a la Dirección General de Aviación Civil del Ministerio de Fomento.

Quinto. Notificar este acuerdo a las áreas y departamentos municipales interesados en su tramitación».

Medidas adoptadas para el seguimiento de los efectos en el medio ambiente:

A la vista de la Resolución de 17 de junio de 2016, de la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula el informe ambiental estratégico, se introdujeron en el documento de la modificación puntual las siguientes medidas:

1. Según lo indicado en el informe de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de fecha 23.5.2016, se incluye en el plano 2 (ámbito de la modificación), la parcela de la Escuela Técnica Superior de Náutica y Máquinas, que no estaba debidamente tramada en el plano del documento de borrador de la modificación.

2. Según lo indicado en el informe del Instituto de Estudios del Territorio, señala que el valor compositivo del edificio deberá ser respetado en la reforma del mismo.

3. Por último, la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental hace las siguientes consideraciones:

– Se deberán estudiar las afecciones sobre la movilidad que la propuesta tendrá e incorporar las medidas oportunas de apoyo al transporte público.

– El proyecto de rehabilitación del edificio deberá respetar los elementos de valor arquitectónico del edificio.

Respeto a las cuestiones indicadas en los dos últimos puntos, cabe indicar que, según lo dispuesto por el artículo 7.2.8.4 del PGOM 2013, «la ordenación volumétrica se fijará mediante estudio de detalle», por lo que cualquier actuación en el edificio que lleve aparejada cualquier mínima alteración del volumen de la edificación obliga a tramitar y aprobar definitivamente un estudio de detalle, en el que se tendrá en cuenta que el valor compositivo y los elementos de valor arquitectónico sean respetados.

En lo que se refiere a las afecciones sobre la movilidad, con fecha 8.2.2017 se le dio traslado a la Concejalía de Movilidad de este ayuntamiento para que emprenda las acciones oportunas al respeto.

En relación con lo anterior, tal y como se indicó en el documento ambiental estratégico, es necesario indicar que la creación de una residencia universitaria en el barrio implicará la necesidad de reforzar algunas líneas o prever nuevas conexiones con el campus de Elviña, sobre todo durante el curso académico y en los horarios y fechas de mayor afluencia, para permitir la conexión de los estudiantes con sus centros universitarios. Lo anterior será gestionado por el Ayuntamiento de A Coruña desde el Plan de movilidad urbana sostenible.

La documentación íntegra de la modificación del PGOM aprobada se podrá consultar en la dirección electrónica www.coruna.gal/urbanismo, en el apartado «planeamiento/planeamiento vigente».

Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

A Coruña, 31 de mayo de 2017

El alcalde
P.D. (Decreto de 15.6.2015)
Xiao Varela Gómez
Teniente de alcalde del Área de Regeneración Urbana y Derecho a la Vivienda