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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 125 Lunes, 3 de julio de 2017 Pág. 32425

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia Gallega de Infraestructuras

ANUNCIO de 23 de junio de 2017 para hacer pública la resolución por la que aprueba el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de construcción Itinerario peatonal y ciclista en la AC-174, tramo Montrove-As Pedreiras (punto kilométrico 2+440-3+600) y en la AC-190, tramo O Carballo-As Pedreiras (punto kilométrico 0+200-0+620), de clave AC/16/092.06.

Con fecha 22 de junio de 2017, la dirección de la Agencia Gallega de Infraestructuras, por delegación de la conselleira de Infraestructuras y Vivienda (Orden de 4 de febrero de 2013, Diario Oficial de Galicia de 20 de febrero), visto el informe del análisis de las alegaciones, resolvió lo siguiente:

«Antecedentes de hecho:

Primero. Con fecha 3 de abril de 2017 se aprobó provisionalmente, por resolución de la dirección de la Agencia Gallega de Infraestructuras, el proyecto de construcción itinerario peatonal y ciclista en la AC-174, tramo Montrove-As Pedreiras (p.k. 2+440-3+600) y en la AC-190, tramo O Carballo-As Pedreiras (p.k. 0+200-0+620), de clave AC/16/092.06.

Segundo. Con fecha de 26 de abril de 2017 se publicó en el Diario Oficial de Galicia (núm. 80). Anuncio de 4 de abril de 2017 por el que se somete al trámite de información pública el proyecto de construcción itinerario peatonal y ciclista en la AC-174, tramo Montrove-As Pedreiras (p.k. 2+440-3+600) y en la AC-190, tramo O Carballo-As Pedreiras (p.k. 0+200-0+620), de clave AC/16/092.06, así como la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por el proyecto referenciado.

Tercero. Durante todo el trámite de información pública se presentaron informes y certificados que fueron remitidos a la dirección del estudio para su valoración.

Fundamentos de derecho:

Primero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el mencionado proyecto de construcción se sometió al trámite de información pública, durante un período de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia.

Segundo. Que simultáneamente al trámite señalado en el párrafo anterior, y a los efectos previstos en el artículo 56.1 del Reglamento de expropiación forzosa, se sometió a información pública la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por la realización de la obra correspondiente.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

Primero. Aprobar el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de construcción itinerario peatonal y ciclista en la AC-174, tramo Montrove-As Pedreiras (p.k. 2+440-3+600) y en la AC-190, tramo O Carballo-As Pedreiras (p.k. 0+200-0+620), de clave AC/16/092.06, manteniendo el trazado propuesto como definitivo.

Se modificará el proyecto de construcción para tener en cuenta las observaciones y modificaciones solicitadas, relativas a la relación de bienes y derechos afectados, así como la reposición de los servicios que se viesen afectados por las obras.

Segundo. Respecto a la única alegación recibida, se tendrá en cuenta durante las fases posteriores de la actuación.

Tercero. Según establece el artículo 23 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el ayuntamiento de Oleiros deberá adaptar su planeamiento urbanístico a lo contenido en el proyecto, en el que se establecerán las determinaciones del planeamiento urbanístico que deben ser modificadas como consecuencia de su aprobación, en el plazo que determine este último y, en todo caso, en su primera modificación o revisión.

Cuarto. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, o bien recurso potestativo de reposición ante la conselleira de Infraestructuras y Vivienda en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el DOG, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común».

Lo que se hace público para general conocimiento.

Santiago de Compostela, 23 de junio de 2017

Francisco Menéndez Iglesias
Director de la Agencia Gallega de Infraestructuras