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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 123 Jueves, 29 de junio de 2017 Pág. 31835

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego del Consumo y de la Competencia

RESOLUCIÓN de 16 de junio de 2017 por la que se acepta la renuncia de la persona adjudicataria y se concede una bolsa de formación en la Escuela Gallega del Consumo, convocada por Resolución de 30 de diciembre de 2016.

Mediante Resolución de 30 de diciembre de 2016 (DOG núm. 38, de 23 de febrero de 2017), se establecieron las bases reguladoras para la concesión de una bolsa de formación en la Escuela Gallega del Consumo, dependiente del Instituto Gallego del Consumo y de la Competencia, y se procedió a su convocatoria para el año 2017.

Una vez concluido el plazo de presentación de instancias y evaluadas las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios fijados en el artículo 12 de las bases reguladoras, la comisión de valoración elevó a la persona propuesta para la concesión de la bolsa y la lista de reserva para el caso de no aceptación o renuncia de la bolsa concedida.

El 9 de junio de 2017 la directora del Instituto Gallego del Consumo y de la Competencia dictó una resolución por la que se concedía la bolsa de formación en la Escuela Gallega del Consumo a Andrea García Soage y se establecía la lista de personas suplentes, por orden de prelación, para cubrir las vacantes que se puedan producir por no aceptación o renuncia de la bolsa concedida:

Orden

Nº de expte.

Solicitante

1

IN117A/17/046

Guitián Astray, Anxela

2

IN117A/17/008

Lorenzo Blanco, Beatriz

3

IN117A/17/028

Hermida González, Lucía

4

IN117A/17/022

López Gómez, Nahyr

5

IN117A/17/036

Varela Pérez, Irene

6

IN117A/17/032

Hermelo Jalda, Laura

7

IN117A/17/015

Lampón Lampón, Ramona

8

IN117A/17/017

Fernández Fernández, Yolanda

9

IN117A/17/002

Córdido Méndez, Pamela

El día 15 de junio de 2017 Andrea García Soage, en su condición de adjudicataria de la bolsa de formación en la Escuela Gallega del Consumo, manifestó su renuncia a la bolsa, por lo que se propone su adjudicación a la candidata que figura en primer lugar en la lista de personas suplentes, Anxela Guitián Astray.

En virtud de lo anterior, y de conformidad con lo establecido en el artículo 16.3 de las bases reguladoras,

RESUELVO:

Primero. Aceptar la renuncia a la bolsa de formación en la Escuela Gallega del Consumo presentada por Andrea García Soage.

Segundo. Concederle la bolsa de formación en la Escuela Gallega del Consumo a Anxela Guitián Astray.

La bolsa estará dotada con 900 euros brutos por mes.

Tercero. Disponer gastos mediante la expedición de los correspondientes documentos contables con cargo a las partidas presupuestarias 09.80.613A.480.0, «formación en materia de educación para el consumo responsable», y 09.80.613A.484.0, «cuotas Seguridad Social becarios» de los presupuestos generales de la comunidad autónoma para el año 2017, y que se destinarán al pago de la persona becaria y de las costas de la Seguridad Social.

La cuantía de la bolsa se calcula desde la fecha de incorporación de la persona beneficiaria hasta el 31 de diciembre de 2017.

Cuarto. La persona beneficiaria deberá comunicar su aceptación o renuncia en el plazo máximo de cinco días hábiles contados desde el siguiente al de la notificación de esta resolución.

Después de transcurrir dicho plazo, si la persona beneficiaria no se declarara en ningún sentido, se entenderá que acepta la bolsa.

Asimismo, en caso de que la persona beneficiaria no acepte la bolsa o no pueda incorporarse por cualquiera otro motivo, podrá ser sustituida por las personas que figuran en la lista de reserva en función de su puntuación.

Quinto. La persona beneficiaria de la bolsa tendrá las obligaciones establecidas en el artículo 20 de las bases reguladoras, «Obligaciones de la persona beneficiaria».

Contra esta resolución, que ponen fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses que se contarán desde la misma fecha. En todo caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se produzca la desestimación presunta del recurso de reposición.

Notifíquese esta resolución a las personas interesadas.

Santiago de Compostela, 16 de junio de 2017

Sol Mª Vázquez Abeal
Directora del Instituto Gallego del Consumo y de la Competencia