Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 121 Martes, 27 de junio de 2017 Pág. 31578

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Sanidad

CÉDULA de 1 de junio de 2017, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se notifica la propuesta de resolución del expediente sancionador 2017025AL-PO, por infracción en materia de seguridad alimentaria.

Con fecha de 15 de mayo de 2017, el instructor del procedimiento dictó propuesta de resolución del expediente sancionador núm. 2017025AL-PO incoado en la Jefatura Territorial de la Consellería de Sanidad de Pontevedra a la entidad Nago Fish, S.L., con NIF B27827203.

Tras intentar la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en el artículo 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no se pudo practicar, por lo que mediante esta cédula se notifica a la entidad Nago Fish, S.L., con NIF B27827203, el contenido de dicho acuerdo, que figura en el anexo, según lo dispuesto en el artículo 44 de dicha ley, para que tenga conocimiento del mismo.

Asimismo, se le hace saber el derecho que le asiste, al amparo de lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, para presentar alegaciones ante esta jefatura territorial en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta cédula, recordándole su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de esta jefatura, sita en Pontevedra, en el Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia, calle Fernández Ladreda, nº 43, 1ª planta, y obtener, en su caso, copia del mismo, según lo previsto en el artículo 53.1.a) de dicha ley.

Se le notifica también que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de dicho acuerdo en el citado plazo, el acuerdo de inicio podrá ser considerado propuesta de resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada, de acuerdo con el artículo 64.2.f) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Se le advierte que antes de la resolución del procedimiento tiene derecho a las reducciones establecidas en el artículo 85 de la Ley 39/2015.

Esta cédula se expide para que conste y le sirva de notificación a la interesada en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo se hace constar que la eficacia de la notificación quedará supeditada a su publicación en el tablón edictal único del Boletín Oficial del Estado (TEU del BOE).

Pontevedra, 1 de junio de 2017

Ángeles Feijoo-Montenegro Fernández
Jefa territorial de Pontevedra

ANEXO

Número del expediente: 2017025AL-PO.

Denunciada: entidad Nago Fish, S.L., con NIF B27827203.

Último domicilio conocido: Porto Pesqueiro, Lonxa de altura, almacén 14, 36202 Vigo.

Hecho imputado: supuestas infracciones en materia de seguridad alimentaria.

Preceptos presuntamente infringidos:

– Artículo 18 del Reglamento (CE) 178/2002, de 28 de enero, por el que se establecen los principios y los requerimientos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan los procedimientos relativos a la seguridad alimentaria.

– Artículo 3 del Reglamento de ejecución (UE) 931/2011 de la Comisión, de 19 de septiembre, relativo a los requisitos en materia de trazabilidad establecidos por el Reglamento (CE) 178/2002, del Parlamento Europeo y del Consejo para los alimentos de origen animal.

– Artículo 35 del Reglamento (UE) 1379/2013, de 11 de diciembre, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los productos de la pesca de la acuicultura, se modifican los Reglamentos (CE) 1184/2006 y (CE) 1224/2009 y se deroga el Reglamento (CE) 104/2000.

– Artículo 9 del Reglamento 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor.

Tipificación: dos infracciones administrativas una tipificada como grave en el artículo 51, punto 2, de la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición, y otra tipificada como leve en el artículo 51, punto 1, de la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición.

Sanción propuesta: seis mil doscientos un euros (6.201,00 €).