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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 117 Miércoles, 21 de junio de 2017 Pág. 30476

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (PO 23/2015).

Procedimiento ordinario PO 23/2015

Sobre: ordinario

Demandante: José Lorenzo Martís Santamaría

Demandados: Limpiezas Secope, S.A., Trabajos, Obras y Servicios Urbanos, S.L., Limpiezas Secope, S.A. y Nem. Ord., Fondo de Garantía Salarial (Fogasa)

María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 23/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Lorenzo Martís Santamaría contra la empresa Limpiezas Secope, S.A., Trabajos, Obras y Servicios Urbanos, S.L., Limpiezas Secope, S.A. y Nem. Ord., Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

«Fallo que estimando parcialmente la demanda interpuesta por José Lorenzo Martís Santamaría contra Limpiezas Secope, S.A., Trabajos, Obras y Servicios Urbanos S.L., Limpiezas Secope y Nem. Ord., y contra el Fogasa, debo condenar y condeno a la mercantil demandada Limpiezas Secope, S.A. a abonar al actor la suma de 5.050,83 euros por los conceptos indicados en el hecho probado noveno de esta resolución, más los intereses por mora previstos en el artículo 29.3 del ET respecto de dicha cantidad desde la fecha de presentación de la papeleta de conciliación hasta la presente resolución, y los del artículo 576 de la LEC a partir de la presente resolución; y debo absolver y absuelvo a las mercantiles Trabajos, Obras y Servicios Urbanos, S.L. y Limpiezas Secope y Nem. Ord. de los pedimentos deducidos en su contra.

En lo que atañe a la responsabilidad del Fogasa deberá estarse a lo que resulte de la aplicación del artículo 33 del ET con notificación de la presente resolución.

Notifíquese a las partes la presente resolución, haciéndoles saber que frente a la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de su notificación.

La anterior resolución se entregará a la letrada de la Administración de justicia para su custodia e incorporación al libro de sentencias. Insértese en las actuaciones por medio de testimonio.

Por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Limpiezas Secope, S.A., Trabajos, Obras y Servicios Urbanos, S.L., Limpiezas Secope, S.A. y Nem. Ord., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la provincia y Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 30 de mayo de 2017

La letrada de la Administración de justicia