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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 113 Jueves, 15 de junio de 2017 Pág. 29300

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (PO 795/2016).

Yo, Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 5 de Refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 795/2016 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Alberto Silveira Seoane contra Foncal Coruña, S.L. y Fogasa sobre ordinario, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

Sentencia:

A Coruña, 23 de mayo de 2017.

Vistos por mí, Patricia López Arranz, magistrada jueza del Juzgado Social de Refuerzo de A Coruña, los presentes autos de procedimiento ordinario nº 795/2016, seguidos ante este juzgado a instancia de Alberto Silveira Seoane, asistido de la letrada María Jesús Dubra Rey, contra Foncal Coruña, S.L., su administración concursal y Fogasa, que no comparecen, procedo a dictar sentencia de conformidad con los siguientes,

Fallo:

Que debo estimar y estimo la demanda presentada por Alberto Silveira Seoane y condeno a la empresa Foncal Coruña, S.L. a abonar al actor la cantidad de 5.858,00 euros.

Se condena a la administración concursal a estar y pasar por lo anterior en el límite de su responsabilidad legal.

Con intervención procesal del Fogasa.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber su derecho a interponer contra la misma recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual podrán anunciar por comparecencia o por escrito ante este juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Dedúzcase testimonio literal de esta sentencia, que quedará en estas actuaciones, con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Foncal Coruña, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 25 de mayo de 2017

La letrada de la Administración de justicia