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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 112 Miércoles, 14 de junio de 2017 Pág. 29104

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela

EDICTO (PO 312/2015).

Yo, Marina Pilar García de Evan, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 312/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Ezequiel Catoira Castiñeiras contra Construcciones Rafra, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Acuerdo:

– Admitir a trámite la demanda presentada y, en consecuencia:

– Citar a las partes para que comparezcan el día 27.9.2017, a las 12.15 horas, en la Secretaría de este juzgado, para la celebración del acto de conciliación ante la letrada de la Administración de justicia y, una vez intentada, y en caso de no alcanzarse la avenencia, el día 27.9.2017 a las 12.20 horas en la planta baja, sala 1, Edificio de la calle Berlín, para la celebración del acto de juicio ante la magistrada.

– Toda vez que a la entidad demandada Construcciones Rafra, S.L. no consta la notificación del Decreto de espera de 14.4.2017, por estar «ausente en el reparto», procédase a la consulta domiciliaria de la empresa demandada telemáticamente por medio del punto neutro judicial y, realizada dicha consulta, se acordará.

– Se advierte a la parte demandante que, en caso de no comparecer al señalamiento sin alegar justa causa que motive la suspensión de los actos de conciliación y juicio, se le tendrá por desistida de su demanda. Se advierte igualmente a la parte demandada que su incomparecencia a los referidos actos no impedirá su celebración y éstos continuarán sin necesidad de declarar su rebeldía.

– Respecto a los otrosíes solicitados a los efectos previstos en el artículo 81.4 de la LJS, paso dar cuenta al juez.

Al otrosí, se tiene por anunciado el propósito de comparecer asistido/a representado/a de abogado/a o graduado/a social a los efectos del artículo 21.2 de la LJS y por designado domicilio a efectos de comunicaciones, artículo 53 de la LJS.

– Antes de la notificación de esta resolución a las partes paso a dar cuenta a su señoría del señalamiento efectuado.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

La letrada de la Administración de justicia.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Construcciones Rafra, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 22 de mayo de 2017

La letrada de la Administración de justicia