Yo, Agustín Gamote Álvarez, letrado de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Bande, por el presente anuncio:
En el presente procedimiento de juicio verbal civil número 79/2016, seguido a instancia de Hervigon, S.L. frente a Ver_PDF se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
«Sentencia
En Bande a veinte de febrero de dos mil diecisiete, vistos por Purificación González López, jueza del Juzgado de Primera Instancia único de Bande, los presentes autos de juicio verbal número 79/2016 en los que figura como demandante Hervigon, S.L., representado por la procuradora Gloria Sánchez Izquierdo, que fue sustituida en el juicio por Sonia Juiz, y asistido por el letrado Ignacio Marquina García, contra Ver_PDF, en situación procesal de rebeldía,
Fallo
Estimo totalmente la demanda interpuesta por la procuradora Sonia Juiz, en nombre y representación de Hervigon, S.L. contra Ver_PDF, en situación procesal de rebeldía, y condeno al demandado Ver_PDF a abonar a Hervigon, S.L. la suma de tres mil euros (3000 euros), más los intereses legales correspondientes, así como al pago de las costas procesales generadas en el presente procedimiento.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma, conforme al artículo 455, apartado 1, de la LEC (modificado por la Ley 37/2011 de medidas de agilización procesal) no cabe recurso alguno y es firme.
Llévese el original al libro de sentencias.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».
Y encontrándose dicho demandado, Ver_PDF, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
Bande, 23 de febrero de 2017
El letrado de la Administración de justicia