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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 102 Miércoles, 31 de mayo de 2017 Pág. 26345

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (PO 697/2014).

María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 697/2014 de este juzgado de lo social, seguidos a instancia de María Teresa Cebeiro Abeijón, Daniel Giao Rendo y Raquel Currás García contra Pulpería Estanco, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

«1º. Que estimando íntegramente la pretensión articulada por María Teresa Cebeiro Abeijón frente a la entidad Pulpería Estanco, S. L., debo condenarla y la condeno a que abone a la actora la cantidad de 4.606 €.

2º. Que estimando sustancialmente la pretensión articulada por Daniel Giao Rendo contra la misma demandada, debo condenarla y la condeno a que le abone la cantidad de 4.664,98 €.

3º. Que estimando, asimismo de modo íntegro, la pretensión articulada por Raquel Currás García frente a la entidad demandada, debo condenarla y la condeno a que le abone la cantidad de 1.213,57 €.

4º. Que debo condenar y condeno al Fogasa a estar y pasar por la condena impuesta a la empresa demandada.

5º. Se hace expresa imposición, a la empresa demandada, de las costas procesales devengadas, con la limitación cuantitativa expresada en el fundamento jurídico tercero de la presente sentencia.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra ella pueden interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse ante este juzgado en el término de cinco días desde la notificación de la presente sentencia, y que será resuelto, en su caso y cumplidos los trámites legales, por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia».”

Para que sirva de notificación en legal forma a Pulpería Estanco, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de decreto, auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 5 de mayo de 2017

La letrada de la Administración de justicia