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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 93 Martes, 16 de mayo de 2017 Pág. 23845

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra

EDICTO (ETJ 22/2017).

Yo, Blanca Susana Janeiro Amela, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra, hago saber que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales 22/2017 de este juzgado de lo social, seguidos a instancia de Alberto Muñiz Rodríguez contra la empresa Compañía de Protección y Vigilancia Galaica, S.A., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Dispongo:

Despachar orden general de ejecución de la Sentencia de fecha 24.11.2016 dictada en el procedimiento ordinario 250/2016, a favor de la parte ejecutante, Alberto Muñiz Rodríguez, frente a Compañía de Protección y Vigilancia Galaica, S.A., parte ejecutada, por importe de 2.993,33 euros en concepto de principal, más otros 299,33 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Acuerdo, en cumplimiento del requisito que se contiene en el artículo 276.3 y previo a la estimación en la presente ejecutoria de la pervivencia de la declaración de insolvencia de la parte ejecutada Compañía de Protección y Vigilancia Galaica, S.A., dar audiencia previa a la parte actora, Alberto Muñiz Rodríguez, y al Fondo de Garantía Salarial, por término de quince días, para que puedan señalar la existencia de nuevos bienes, y de su resultado de acordará lo procedente.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Compañía de Protección y Vigilancia Galaica, S.A., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Pontevedra, 24 de abril de 2017

La letrada de la Administración de justicia