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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 92 Lunes, 15 de mayo de 2017 Pág. 23609

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (1009/2014).

Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 1009/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Benigna Montserrat López Martínez contra Guiynoyrey GC2.0, S.L. y el Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente:

Juzgado de lo Social número 2 refuerzo de A Coruña.

Sentencia: 211/2017.

Juez: Javier López Cotelo.

Procedimiento: reclamación cantidad 1009/2014.

Demandante: Benigna Montserrat López Martínez.

Letrada: Sra. Dubra Rey.

Demandados: Guiynoyrey GC2.0, S.L. y Fogasa.

A Coruña, 17 de abril de 2017.

Fallo:

1. Estimo la demanda formulada por Benigna Montserrat López Martínez frente a Guiynoyrey GC 2.0, S.L. y, en consecuencia, condeno a ésta a pagarle a la primera la suma de 1.747,92 euros en concepto de salarios adeudados, así como el interés del artículo 29.3 ET.

2. El Fogasa deberá de pasar por lo resuelto en la presente resolución.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias y déjese testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra ella no cabe recurso alguno.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada jueza que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Guynoyrey GC2.0, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 18 de abril de 2017

La letrada de la Administración de justicia