Juicio sobre delitos leves nº 588/2015
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de enjuiciamiento civil, por el presente se notifica a Jorge Luis Castro Bea la sentencia que en su parte dispositiva dice:
Fallo que debo absolver y absuelvo a Nicolás Eleuterio Otero Domínguez del delito leve que había dado lugar a la incoación de las actuaciones del presente juicio, declarando las costas de oficio.
Líbrese testimonio de la presente resolución para su unión a los autos principales, llevándose el original al libro de sentencias de este juzgado.
Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Pontevedra, en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Cambados, 6 de abril de 2017
El/la letrado/a de la Administración de justicia