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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 91 Viernes, 12 de mayo de 2017 Pág. 23348

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO de notificación de sentencia (4700/2016 MCR).

Tipo y nº de recurso: RSU recurso suplicación 4700/2016 MCR

Juzgado de origen/autos: Seguridad Social 361/2015 Juzgado de lo Social número 2 de Pontevedra

Recurrente: Instituto Nacional de la Seguridad Social

Abogado/a: Serv. Jurídico Seg. Social

Recurridos: Tesorería General de la Seguridad Social, Ibermutuamur Mutua de Accidentes de Trabajo y Enferm. Profes. de SS nº 274, José Dopazo Davila, American Training Group, S.L.

Yo, M. Socorro Bazarra Varela, letrada de la Administración de justicia de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso suplicación 4700/2016 MCR de esta sección, seguido a instancia de Instituto Nacional de la Seguridad Social contra Tesorería General de la Seguridad Social, Ibermutuamur Mutua de Accidentes de Trabajo y Enferm. Profes. de SS nº 274, José Dopazo Davila, American Training Group, S.L. sobre accidente de grado, se ha dictado la resolución cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por el demandado INSS, contra la sentencia de fecha 27.6.2016 del Juzgado de lo Social número 2 de Pontevedra en el procedimiento de incapacidad promovido por José Dopazo Davila frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, la Mutua Ibermutuamur y empresa American Training Group, S.L., y debemos confirmar y confirmamos la sentencia recurrida.

Incorpórese el original de esta sentencia, por su orden, al libro de sentencias de esta Sala de lo Social del TSJ de Galicia.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 37, seguida de cuatro dígitos correspondientes al nº del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena, deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “observaciones” o “concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 37 **** ++).

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.”

Y para que sirva de notificación en legal forma a American Training Group, S.L., expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 17 de abril de 2017

La letrada de la Administración de justicia