Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 90 Jueves, 11 de mayo de 2017 Pág. 23181

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Sanidad

CÉDULA de 31 de marzo de 2017, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se notifica la resolución del recurso de alzada del expediente sancionador 2014406AL-PO, incoado por infracciones en materia de seguridad alimentaria.

Con fecha de 1 de marzo de 2017, el conselleiro de Sanidad ha resuelto desestimar el recurso de alzada interpuesto por Roberto Pita Morado, como titular del establecimiento Carnicería Roberto, contra la resolución del expediente sancionador 2014406AL-PO dictada por la jefa territorial de la Consellería de Sanidad de Pontevedra el 13 de marzo de 2015.

Tras intentar la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en el artículo 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no se pudo practicar, por lo que, mediante esta cédula, se notifica a Roberto Pita Morado, como titular del establecimiento Carnicería Roberto, el contenido de dicho acuerdo, que figura en el anexo, según lo dispuesto en el artículo 44 de dicha ley, para que tenga conocimiento del mismo.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, deberá hacer efectiva la multa en el siguiente plazo: 1) si la notificación se realiza entre los días 1 y 15 del mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente y, 2) si la notificación se realiza entre los días 16 y último del mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o el inmediato hábil siguiente; todo ello mediante ingreso que deberá efectuar en cualquier oficina de Abanca, de BBVA, transacción 1316 NIF S1511001H, y de Banesto, empleando los impresos normalizados que le serán facilitados en las dependencias de esta jefatura territorial. De no hacerlo así, se procederá a su cobro por la vía de apremio.

Asimismo, se le hace saber el derecho que le asiste para presentar recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo competente, según lo dispuesto en los artículos 8 y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y en el artículo 91 de la Ley 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial, en el plazo de dos meses que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula, de conformidad con el artículo 46 de la referida Ley 29/1998.

Esta cédula se expide para que conste y le sirva de notificación al interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, se hace constar que la eficacia de la notificación quedará supeditada a su publicación en el TEU del BOE.

Pontevedra, 31 de marzo de 2017

Ángeles Feijoo-Montenegro Fernández
Jefa territorial de Pontevedra

ANEXO

Número del expediente: 2014406AL-PO.

Denunciado: Roberto Pita Morado, como titular del establecimiento Carnicería Roberto.

Último domicilio conocido: calle Sanjurjo Badía núm. 88 de Vigo, Pontevedra.

Hecho imputado: infracción en materia de seguridad alimentaria.

Preceptos infringidos:

Reglamento (CE) 852/2004, de 29 de abril, relativo a la higiene de los productos alimenticios:

– Artículo 3, que recoge las obligaciones generales de los operadores de empresa alimentaria.

– Artículo 4, que establece los requisitos generales y específicos en materia de higiene.

– Artículo 5, que establece el sistema de análisis de peligros y puntos de control crítico.

Artículo 17 del Reglamento 178/2002, de 28 de enero, por el que se establecen los principios y requisitos generales de la legislación alimentaria, que recoge las responsabilidades de empresas alimentarias respecto del cumplimiento de los requisitos en todas las etapas de producción, transformación y distribución.

Tipificación: una infracción leve tipificada en el artículo 51 punto 1 de la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición.

Sanción impuesta: trescientos euros (300,00 euros).

Contenido de la resolución: desestima el recurso de alzada interpuesto por Roberto Pita Morado, como titular del establecimiento Carnicería Roberto.