Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 89 Miércoles, 10 de mayo de 2017 Pág. 22960

VI. Anuncios

b) Administración local

Diputación Provincial de Ourense

ANUNCIO por el que la Diputación asume la competencia delegada en ella por el Ayuntamiento de Melón sobre recaudación ejecutiva del impuesto de bienes inmuebles y del impuesto de vehículos de tracción mecánica.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 do Real decreto legislativo 2/2004 y 106.3 de la Ley 7/1985, y cumpliendo lo que acordó la Corporación Provincial, en la sesión del día 24 de febrero de 2017, se hace publico que la Diputación Provincial de Ourense asume la competencia delegada en ella por el Ayuntamiento de Melón (recaudación ejecutiva del impuesto de bienes inmuebles y del impuesto de vehículos de tracción mecánica) en las condiciones generales establecidas y que se detallan en el anuncio publicado por esta Corporación en el DOG del día 19.09.1994.

El contenido de la delegación abarcará el ejercicio de todas las facultades necesarias para la realización de la recaudación en vía ejecutiva, y de todos los actos administrativos necesarios para la gestión de dichos procedimientos, incluida la emisión de la providencia de apremio y la resolución de los recursos administrativos contra los actos de recaudación ejecutiva.

Para el ejercicio de la competencia delegada el Ayuntamiento debería remitir las oportunas certificaciones de descubierto de los tributos a los que se refiere.

La tasa para satisfacer por el Ayuntamiento por la prestación del servicio de recaudación en período ejecutivo será el 100 % da recargo de apremio que debe pagar el deudor tributario, conforme a lo establecido en el artículo 6, apartado b), de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación de los servicios de gestión, inspección y recaudación de la Diputación Provincial de Ourense. La Diputación deducirá de la transferencia del importe recaudado la cantidad correspondiente a la tasa liquidada, sin perjuicio de la notificación de dicha liquidación en la forma prevista en el artículo 9 de la ordenanza fiscal.

La presente delegación estará vigente hasta el 30 de septiembre de 2020, prorrogándose tácitamente por períodos de 4 años si ninguna de las partes muestra expresamente su voluntad en contra, comunicándolo a la otra con una antelación inferior a 6 meses a la fecha señalada o a la de cualquiera de los períodos de prórroga.

La fecha de inicio de efectos de esta delegación y el plazo de su vigencia se ajustarán a las normas que tiene establecidas esta Diputación.

Ourense, 6 de abril de 2017

José Manuel Baltar Blanco
Presidente de la Diputación Provincial de Ourense