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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 88 Martes, 9 de mayo de 2017 Pág. 22604

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (PO 965/2014).

Yo, Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 965/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Manuela Conde Fernández contra Avipaco, S.L., Francisco Barizo Puñal y Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Sentencia 190/2017.

A Coruña, 6 de abril de 2017.

Vistos por mí, Patricia López Arranz, magistrada jueza del Juzgado de lo Social de refuerzo de A Coruña, los presentes autos de procedimiento ordinario nº 965/2014, seguidos ante este juzgado a instancia de Manuela Conde Fernández, representada por el letrado Jaime López Dequidt, contra Avipaco, S.L., Francisco Barizo Puñal y Fogasa, que no comparecen, procedo a dictar sentencia de conformidad con los siguientes,

Fallo:

Que, teniendo por desistida a la parte actora de su pretensión frente a Francisco Barizo Puñal, debo estimar y estimo la demanda presentada por Manuela Conde Fernández y condeno a la empresa Avipaco, S.L. a abonar a la actora la cantidad de 692,87 euros más el 10 % de interés moratorio aplicado sobre los conceptos salariales.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso.

Dedúzcase testimonio literal de esta sentencia, que quedará en estas actuaciones, con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada jueza que la suscribe, en el día de su fecha, de lo que yo, la letrada de la Administración de justicia, doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Avipaco, S.L. y Francisco Barizo Puñal, en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 6 de abril de 2017

La letrada de la Administración de justicia