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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 84 Miércoles, 3 de mayo de 2017 Pág. 21801

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (4969/2016).

Tipo y número de recurso: RSU. Recurso de suplicación 4969/2016

Juzgado de origen/autos: despido/cese en general 167/2015. Juzgado de lo Social número 2 de Ourense

Recurrentes: Aspanas Asociación de Ayuda a Discapacitados Intelectuales Amanecer, S.L.U.

Abogado: Juan Carlos González Iglesias

Recurridos: Amencer Reciclado, S.L.U., Aspanas Termal, S.L., Fernando Caride González, María Josefa Novoa Hermida, administración concursal de Amencer Reciclado (Fernando Caride González)

Abogados: Fernando Caride González, Antonio Valencia Fidalgo

Yo, María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la Sección Primera de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 4969/2016 de esta sección, seguido a instancia de Aspanas Asociación de Ayuda a Discapacitados Intelectuales Amanecer, S.L.U. contra Amencer Reciclado, S.L.U., Aspanas Termal, S.L., Fernando Caride González, María Josefa Novoa Hermida, administración concursal de Amencer Reciclado (Fernando Caride González), sobre resolución de contrato, se ha dictado la siguiente resolución:

«Fallamos que, desestimando el recurso de suplicación interpuesto por la Asociación de Padres a Favor de las Personas con Retraso Mental de Ourense (Aspanas Asociación) contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de Ourense, en juicio instado por María Josefa Novoa Hermida, contra los recurrentes, Fernando Caride González, Aspanas, Aspanas Termal, S.L. y Amencer Reciclado, S.L.U., la sala la confirma plenamente y, dando a la consignación y al depósito, en su caso, el destino reglamentario, se condena a la recurrente a abonar al letrado impugnante del recurso la cantidad de 601 euros en concepto de honorarios.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Modo de impugnación. Se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá efectuar:

– El depósito de 600 euros en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el número 1552 0000 37, seguida de 4 dígitos correspondientes al número del recurso y 2 dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de 20 dígitos
0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones o Concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80
o 37 **** ++).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Para que sirva de notificación en legal forma a Aspanas Termal, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se le advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 10 de abril de 2017

La letrada de la Administración de justicia