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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 75 Miércoles, 19 de abril de 2017 Pág. 18472

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 22 de marzo de 2017, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, de autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita y de autorización administrativa de construcción de una instalación eléctrica en los ayuntamientos de Campo Lameiro y Cotobade (expediente IN407A 2016/579-4).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita y de autorización administrativa de construcción de las instalaciones eléctricas que a continuación se describen:

Solicitante: Unión Fenosa Distribución, SA.

Domicilio social: travesía de Vigo, nº 204, 36207 Vigo.

Denominación: LMTA-LMTS entre LMT SJG801 y CT polígono Campo Lameiro.

Situación: Campo Lameiro y Cotobade.

Características técnicas: LMT aérea a 20 kV con conductor LA-110 de 1.037 de longitud, con origen en el apoyo existente HV-1000/13 de la LMTA SJG801 (Ponte Bora 1) y final en el apoyo proyectado C-4500/14, en el cual se realiza un paso aerosubterráneo. Desde este la línea continúa subterránea con conductor RHZ 697 metros, finalizando en el centro de transformación existente polígono Campo Lameiro (36CPY4). La instalación está situada en las parroquias de Viascón (Cotobade) y Fragas (Campo Lameiro).

Se realizó el trámite de información pública insertando anuncios en el DOG de 18 de noviembre de 2016, en el BOP de 22 de noviembre de 2016, en el periódico Faro de Vigo de 5 de diciembre de 2016, en los BOE de 14 de noviembre de 2016 y de 31 de enero de 2017, y en los tablones de anuncios de los ayuntamiento de Campo Lameiro y Cerdedo-Cotobade. También se notificó individualmente a los titulares de las fincas afectadas por la instalación según la relación facilitada por la empresa peticionaria.

Durante el mencionado trámite, Teresa Quinteiro, Carmen Rodríguez López y Luis García Alonso presentaron escritos de alegaciones relativos a la titularidad de fincas. Dichas alegaciones fueron tenidas en cuenta por la empresa peticionaria, que procedió a corregir a relación de bienes y derechos afectados.

En consecuencia, cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico y en los capítulos II y V del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y en la Resolución de la Consellería de Economía e Industria de 19 de febrero de 2014, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo), esta jefatura territorial

RESUELVE:

Conceder autorización administrativa, autorización administrativa de construcción y declarar, en concreto, la utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita de los bienes afectados por la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.

Estas autorizaciones se otorgan sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de las instalaciones autorizadas.

El plazo de puesta en marcha de la instalación, de acuerdo con el artículo 131 del Real decreto 1955/2000, será de 14 meses a partir de la recepción de la presente resolución. A efectos de la posible solicitud de prórroga, el peticionario deberá tener en cuenta lo dispuesto en el capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución; también podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.

Pontevedra, 22 de marzo de 2017

Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Pontevedra