De conformidad con la disposición transitoria tercera de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y en el uso de las competencias atribuidas a esta jefatura territorial, se publican mediante este edicto las notificaciones de las resoluciones de recursos de alzada presentados por las personas interesadas relacionadas en el anexo, al ser devueltas por el servicio de Correos, toda vez que se intentó la notificación y no se pudo practicar.
Estas resoluciones ponen fin a la vía administrativa y contra ellas se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción competente, en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente a la fecha de esta publicación en el Boletín Oficial del Estado, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, o potestativamente, según lo establecido en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que dictó el acto.
Asimismo, en el plazo de un mes, y de acuerdo con el referido artículo 61 de la mencionada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, podrán comparecer personalmente o debidamente representadas en la Jefatura Territorial de la Consellería de Política Social de Lugo, Servicio de Prestaciones, Inclusión e Inmigración (ronda da Muralla, nº 70, bajo), de 9.00 a 14.00 horas, a efectos de conocer el texto íntegro de la resolución y del resto del expediente.
Lugo, 24 de marzo de 2017
Alberto Linares Fernández
Jefe territorial de Lugo
ANEXO
Apellidos y nombre |
DNI/NIE |
Nº de expte. |
Resolución/Fecha |
Oliveira de Sousa, Joana Andreia |
X4676095B |
BS626F27016003115 |
Recurso desestimado 1.2.2017 |
Vilar Vázquez, María Pilar |
32780236S |
BS626F27007000214 |
Recurso desestimado 10.10.2016 |