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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 71 Martes, 11 de abril de 2017 Pág. 17351

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra

EDICTO (25/2016).

Yo, Blanca Susana Janeiro Amela, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra, hago saber que en el procedimiento ordinario 25/2016 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Graciela Campos Fariña contra la empresa Juan Carlos Cortes Giuliano y el Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Fallo

Estimando la demanda interpuesta por Graciela Campos Fariña condeno a la empresa demandada a que abone al actor la cantidad de 12.345,56 euros más el 10 % en concepto de intereses por mora.

Ello con la intervención del Fogasa.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, conforme establecen los artículos 191 y siguientes de la Ley reguladora de la jurisdicción social, que se debe anunciar dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia. La recurrente debe consignar, con la interposición del recurso y con las excepciones previstas en el artículo 229 del texto citado, la suma de 300 euros en la cuenta que este juzgado tiene abierta en la oficina principal de Banesto de esta ciudad, bajo la denominación «depósitos y consignaciones», con el número 5081, especificando la clave 65 al tratarse de un recurso de suplicación.

Asimismo, y con la excepción prevista en el artículo 230 del texto mencionado, será indispensable acreditar en el momento del anuncio del recurso, tener consignado en la cuenta anteriormente citada, la cantidad objeto de condena, si bien puede procederse a asegurar la suma por medio de aval bancario, con responsabilidad del avalista.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Juan Carlos Cortes Giuliano, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Pontevedra, 20 de marzo de 2017

La letrada de la Administración de justicia