De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las notificaciones que no se hubiesen podido practicar se harán por medio de anuncio en el Boletín Oficial del Estado (BOE), quedando su eficacia condicionada a su publicación en el tablón edictal único (TEU) del BOE.
Se intentó la notificación por correo certificado al interesado citado en el anexo, sin que fuese posible, por lo que se le notifica por medio de este anuncio la resolución de la subvención solicitada.
Sin perjuicio de lo anterior, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, este anuncio se publica en el Diario Oficial de Galicia.
El interesado dispone del plazo de dos (2) meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, para interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, así como para comprobar el contenido íntegro del expediente en las dependencias de la Jefatura Territorial de A Coruña; calle Salvador de Madariaga, 9-1º, de A Coruña, de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes.
A Coruña, 6 de marzo de 2017
Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña
ANEXO
Expediente: TR341J 2016/85-1.
Resolución de concesión.
Empresa: Rapado Fernández, Mirian.
NIF: 49915337R.
Ayuntamiento: Carral.
Materia: subvención por el establecimiento como persona trabajadora autónoma o por cuenta propia de personas jóvenes inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil
Fecha de la resolución: 10 de enero de 2017.