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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 58 Jueves, 23 de marzo de 2017 Pág. 14032

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (604/2014).

Yo, Encarnación Mercedes Tubío Lariño, secretaria del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 604/2014 a instancia de Carla González Pérez contra la empresa Dacons Civil y Marítimo, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial sobre cantidad, en los que recayó sentencia en fecha 21 de febrero de 2017 que copiada en los particulares necesarios, dice así:

«Fallo:

Se estima la demanda formulada por Carla González Pérez frente a la empresa Dacons Civil y Marítimo, S.L., con intervención del Fondo de Garantía Salarial y, en consecuencia:

– Se condena a la empresa Dacons Civil y Marítimo, S.L. a abonar a Carla González Pérez la cantidad de ocho mil trescientos setenta y ocho euros con noventa y tres céntimos de euro (8.378,93 euros), devengando los conceptos salariales el interés moratorio del 10 %.

Notifíquese la presente resolución a las partes:

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo.

Si la recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado haciendo constar en el ingreso el numero de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma, Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña».

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Dacons Civil y Marítimo, S.L. expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 3 de marzo de 2017

La secretaria judicial