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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 57 Miércoles, 22 de marzo de 2017 Pág. 13768

III. Otras disposiciones

Instituto Energético de Galicia

EXTRACTO de la Resolución de 14 de marzo de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria de subvenciones para proyectos de equipos térmicos de biomasa, para el año 2017, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder-Galicia 2014-2020.

BDNS (Identif.): 338252.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios

a) Las entidades locales de Galicia y entidades de ella dependientes.

b) La Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y las entidades instrumentales de ella dependientes.

c) Las entidades sin ánimo de lucro.

d) Empresas legalmente constituidas y autónomos.

Segundo. Objeto

El objeto de estas bases es apoyar proyectos con fines de ahorro energético y fomento del uso racional de las energías renovables. Los proyectos se limitarán a instalaciones de equipos térmicos que utilicen biomasa como combustible (código procedemento IN421G).

Tercero. Bases reguladoras y convocatoria

Resolución de 14 de marzo de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria de subvenciones para proyectos de equipos térmicos de biomasa, para el año 2017, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder-Galicia 2014-2020.

Cuarto. Cuantía

1. La cuantía global de la convocatoria asciende a 4.665.662,00 euros. La financiación de la convocatoria correspondiera con fondos comunitarios derivados del programa Galicia 2014-2020 Feder en un 80 % y financiación privada en un 20 %.

Beneficiarios

Aplicación presupuestaria

Importe

Administración pública autonómica

Administración pública local

Empresas y autónomos

Entidades sin ánimo de lucro

09.A2.733A.714.2

09.A2.733A.760.5

09.A2.733A.770.5

09.A2.733A.781.1

1.300.000,00 €

1.015.662,00 €

2.000.000,00 €

350.000,00 €

Total

4.665.662,00 €

2. La cuantía de la subvención será de un 80 % del coste elegible en el caso de que los beneficiarios sean:

a) Entidades locales.

b) Sector público autonómico.

La cuantía de la subvención será de un 50 % del coste elegible en el caso de que los beneficiarios sean entidades jurídicas sin ánimo de lucro (que no realicen actividad económica), así como empresas, sus agrupaciones y asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que realicen actividad económica. En el caso de pequeñas empresas la ayuda se incrementará en 20 puntos porcentuales y, en el caso de medianas empresas, en 10 puntos porcentuales.

3. La cuantía máxima de la ayuda por proyecto será de 200.000 € y por solicitante de 1.000.000 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un (1) mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG.

La presentación de las solicitudes se realizará únicamente por medios electrónicos a través del formulario electrónico normalizado accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal y en la página web del Inega, www.inega.gal

Junto con la solicitud se presentarán electrónicamente, anexadas, copias digitalizadas de la documentación complementaria.

Santiago de Compostela, 14 de marzo de 2017

Ángel Bernardo Tahoces
Director del Instituto Energético de Galicia