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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 56 Martes, 21 de marzo de 2017 Pág. 13569

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 8 de marzo de 2017, de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, por la que se declara de interés gallego y se ordena la inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación Pablo Beiro.

Examinado el expediente de declaración de interés gallego e inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación Pablo Beiro, se dicta la presente resolución basada en los hechos y fundamentos de derecho que se exponen a continuación:

Hechos.

1. José Manuel Alvelo Berredo, presidente del patronato de la Fundación, solicitó su clasificación a los efectos de la correspondiente inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La Fundación Pablo Beiro se constituyó en escritura pública otorgada en Vigo (Pontevedra) el 8 de noviembre de 2016, ante el notario Mariano Vaqueiro Rumbao, con número de protocolo 1.232, por la Asociación Club Amfiv, que actúa representada por su presidente, José Antonio Beiro Rodríguez.

3. La Fundación, según consta en el artículo 6 de sus estatutos, tiene por objeto:

– El apoyo a la promoción, desarrollo y mantenimiento del deporte adaptado a todos los niveles en Galicia, tanto de alta competición y de disciplinas deportivas paralímpicas como en las estructuras de base necesarias para ello, aportando la práctica y difusión del deporte adaptado a los discapacitados y demás ciudadanos, dotándole de los medios materiales y humanos necesarios. La sensibilización de la sociedad gallega ante la discapacidad, las causas que la motivan y su superación a través del deporte adaptado, favoreciendo la tolerancia, el respeto y la integración, y potenciando en su práctica la igualdad, la multiculturalidad y el trabajo en equipo, así como la promoción de la salud a través de las prácticas deportivas. La promoción de eventos, seminarios, cursos, encuentros, campus sobre el deporte adaptado y actividades físico-deportivas.

– El desarrollo y potenciación en general de actividades deportivas, culturales y sociales, así como el fomento del deporte. La integración, formación y orientación educativa desde la infancia y, especialmente, en la juventud a través de los centros educativos y pedagógicos de Galicia. La colaboración con asociaciones, sociedades e instituciones sociales, culturales, artísticas, benéficas y deportivas, así como clubes y deportistas para su preparación y acceso a competiciones de carácter nacional o internacional. La integración, formación y orientación socio-laboral a través del deporte de personas con discapacidad física, psíquica y sensorial.

– La formación profesional, orientación e inserción laboral de personas con discapacidad física, psíquica y sensorial.

– El establecimiento, en la forma y medida que se estime posible y conveniente, de relaciones con entidades nacionales y extranjeras que persigan fines semejantes.

– La promoción y fomento del patrimonio deportivo del Club Amfiv, procurando extender el conocimiento general de esta entidad deportiva y de su socio-fundador Pablo Beiro Diz.

4. En la escritura de constitución constan los extremos relativos a la personalidad del fundador, su capacidad y voluntad de constituir la Fundación conforme a los preceptos de la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego.

5. En los estatutos de la Fundación consta su denominación y naturaleza; su domicilio, objeto y finalidad; las reglas para la aplicación de sus rentas a los fines fundacionales y para la determinación de sus beneficiarios; y la designación del patronato inicial.

6. El patronato inicial de la Fundación está formado por José Manuel Alvelo Berredo como presidente; Manuel Veiga Rodríguez como vicepresidente; José Carlos González Castro como secretario; y José Antonio Beiro Rodríguez como vicesecretario.

7. La comisión integrada por los secretarios generales técnicos de todas las consellerías elevó al vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia propuesta de clasificación como de interés deportivo de la Fundación Pablo Beiro atendiendo a la diversidad del objeto fundacional, por lo que, cumpliéndose los requisitos exigidos en la Ley 12/2006 y de conformidad con lo establecido en el artículo 51 del Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego, y en el artículo 7 del Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, el protectorado será ejercido por la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia.

8. De conformidad con dicha propuesta, por Orden de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia de 6 de febrero de 2017 se clasificó como de interés deportivo la Fundación Pablo Beiro y se adscribió a la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia a los efectos del ejercicio de las funciones de protectorado.

Fundamentos de derecho.

Primero. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general, y el artículo 27.26 del Estatuto de autonomía para Galicia establece que es competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma gallega el régimen de las fundaciones de interés gallego.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.2 del Decreto 15/2009, en relación con el Decreto 72/2013, de 25 de abril, por el que se fija la estructura orgánica de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, le corresponde a esta Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia la declaración de interés gallego mediante resolución publicada en el Diario Oficial de Galicia y la inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación Pablo Beiro, así como el ejercicio de las funciones de protectorado y las demás que correspondan a la Xunta de Galicia de conformidad con lo indicado en dicho reglamento.

Tercero. A la vista de lo dispuesto en la Ley 12/2006 y en los decretos 14/2009 y 15/2009, resultan cumplidos los requisitos establecidos por la normativa vigente para la declaración de interés gallego e inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación Pablo Beiro, por lo que, a la vista de la propuesta de resolución formulada por el Servicio de Entidades Jurídicas y Corporativas de 3 de marzo de 2017,

RESUELVO:

Primero. Declarar de interés gallego la Fundación Pablo Beiro.

Segundo. Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego, sección de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia.

Tercero. Esta fundación queda sometida a lo dispuesto en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego; al Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego; y al Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, así como a la demás normativa que resulte de aplicación, donde se establecen especialmente las obligaciones de dar publicidad suficiente de su objeto y actividades, ausencia de ánimo de lucro en la prestación de sus servicios, así como la presentación anual de la documentación contable y plan de actuación ante el protectorado, que será ejercido por esta Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia.

Contra esta resolución se puede interponer un recurso de alzada ante elvicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, según los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 8 de marzo de 2017

Beatriz Cuiña Barja
Secretaria general técnica de la Consellería de Presidencia,
Administraciones Públicas y Justicia