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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 54 Viernes, 17 de marzo de 2017 Pág. 13274

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (437/2016).

Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 5 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 437/2016 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Carlos Bugallo López contra Cocina Fusión Tamei, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia.

En A Coruña a 15 de febrero de 2017.

Vistos por mí, Patricia López Arranz, magistrada jueza del Juzgado de lo Social de refuerzo de A Coruña, los presentes autos de procedimiento ordinario nº 437/2015 seguidos ante este juzgado a instancia de Carlos Bugallo López, asistido por la letrada Noelia Núñez González, contra Cocina Fusión Tamei, S.L. y contra el Fogasa, que no comparecen, procedo a dictar sentencia de conformidad con los siguientes.

Fallo que debo estimar y estimo la demanda presentada por Carlos Bugallo López y condeno a Cocina Fusión Tamei, S.L. a abonar al actor la cantidad de 2.729,42 euros más el 10 % de interés moratorio aplicado sobre los conceptos salariales.

Con intervención procesal del Fogasa.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso.

Dedúzcase testimonio literal de esta sentencia que quedará en estas actuaciones, con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por el/la magistrado/a juez/a que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, letrada de la Administración de justicia, doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Cocina Fusión Tamei, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 15 de febrero de 2017

La letrada de la Administración de justicia