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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 44 Viernes, 3 de marzo de 2017 Pág. 11108

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 6 de febrero de 2017 por la que se notifica la imposición de una multa coercitiva devuelta por el servicio de Correos por resultar su destinatario ausente en el reparto (expediente IU2/33/2012).

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 22 de diciembre de 2016, resolución por la que se impone una quinta multa coercitiva derivada del expediente de reposición de la legalidad urbanística número IU2/33/2012 a David Blanco Alonso como consecuencia de incumplir lo ordenado en la Resolución de 23 de enero de 2013, que ordenaba la demolición de una vivienda unifamiliar prefabricada de planta baja con una superficie de 32 m2, instalada sobre una planta semisótano compuesta de cimentación estructura de hormigón (vigas y pilares), forjado de techo de hormigón y paramentos realizados mediante fábrica de bloques de hormigón con una superficie de 50 m2, promovidas por el interesado en el lugar Millarada, Vilar de Infesta, 159, en el término municipal de Redondela, provincia de Pontevedra.

Al no poder realizarse la notificación personal de aquella resolución, mediante esta cédula y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se le notifica al interesado dicha resolución.

En cumplimiento del artículo 61 de la LRJPAC, el interesado podrá comparecer, en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado, en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el Edificio Witland, 1er piso, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, para el conocimiento íntegro de dicha resolución y constancia de tal conocimiento. Transcurrido dicho plazo sin efectuarse la comparecencia la notificación se entenderá producida desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se haya producido la notificación, ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, significándole que el recurso únicamente será admisible por motivos de infracción del ordenamiento inherentes a la imposición de esta multa coercitiva, siendo motivo de inadmisión la reiteración de las mismas razones que se esgrimieron o pudieron esgrimirse frente a la resolución de la que este acuerdo es un mero acto de ejecución.

En caso de no ejercer su derecho a presentar recurso potestativo de reposición puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y le sirva de notificación al citado interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 6 de febrero de 2017

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística