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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 44 Viernes, 3 de marzo de 2017 Pág. 11049

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra

EDICTO (ETJ 14/2017).

Blanca Susana Janeiro Amela, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra, hago saber que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales 14/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Iñigo Arbelaiz Martínez contra la empresa Compañía de Protección y Vigilancia Galaica, S.A., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Dispongo despachar orden general de ejecución de sentencia de 9.12.2016 dictada en el procedimiento ordinario 81/16 a favor de la parte ejecutante, Iñigo Arbelaiz Martínez, frente a Compañía de Protección y Vigilancia Galaica, S.A., parte ejecutada, por importe de 8.240,52 euros en concepto de principal, más otros 824 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la letrado/a de la Administración de justicia, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibida a los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de esta resolución, y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la LJS.

Acuerdo, en cumplimiento del requisito que se contiene en el artículo 276.3 y previo a la estimación en la presente ejecutoria de la pervivencia de la declaración de insolvencia de la parte ejecutada Compañía de Protección y Vigilancia Galaica, S.A., dar audiencia previa a la parte actora Iñigo Arbelaiz Martínez y al Fondo de Garantía Salarial, por término de quince días, para que puedan señalar la existencia de nuevos bienes, y de su resultado se acordará lo procedente.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Compañía de Protección y Vigilancia Galaica, S.A., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el DOG.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Pontevedra, 9 de febrero de 2017

La letrada de la Administración de justicia