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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 41 Martes, 28 de febrero de 2017 Pág. 10203

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (873/2014).

Encarnación Mercedes Tubío Lariño, secretaria del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 873/2014 a instancia de José Miguel Millán contra las empresas Lansu Galicia, S.L.; Alansu, S.L., la empresa Hera Holding Hábitat Ecología y Restauración Ambiental, S.L.; el administrador concursal de Alansu Galicia, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad, en los que recayó sentencia en fecha 26.1.2017 que copiada en los particulares necesarios dice así:

«Fallo:

Se estima la demanda formulada por José Miguel Millán Durán frente a Alansu Galicia, S.L.; Alansu, S.L. y Hera Holding Hábitat Ecología y Restauración Ambiental, S.L. (desistida), con intervención del Fondo de Garantía Salarial y, en consecuencia:

-Se condena a la empresa Alansu Galicia, S.L. a abonar a José Miguel Millán Durán la cantidad de ocho mil quinientos cuarenta y tres euros con cincuenta céntimos de euro (8.543,50 euros), devengando los conceptos salariales el interés moratorio del 10 %, respondiendo solidariamente de dichas cantidades la empresa Alansu, S.L. y vinculando las mismas al administrador concursal de la primera Sr. González García.

Notifíquese la presente resolución a las partes

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña.

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Alansu Galicia, S.L., expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 7 de febrero de 2017

La secretaria judicial