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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 41 Martes, 28 de febrero de 2017 Pág. 10205

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (PO 1002/2014).

Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de Refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 1002/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Beatriz Someso Anguita contra Fundación para el Desarrollo de la Empleabilidad y la Formación (Fundefo) y Fondo de Garantía Salarial sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia.

A Coruña, 1 de febrero de 2017

Vistos por mí, Patricia López Arranz, magistrada-jueza del Juzgado Social de Refuerzo de A Coruña, los presentes autos de procedimiento ordinario 1002/2014, seguidos ante este juzgado a instancia de Beatriz Someso Anguita, representada por la letrada Isabel Gil Sánchez, contra Fundación para el Desarrollo de la Empleabilidad y la Formación y contra el Fogasa, todos ellos no comparecidos, procedo a dictar sentencia de conformidad con los siguientes,

Fallo:

Que debo estimar y estimo la demanda presentada por Beatriz Someso Anguita y condeno a la Fundación para el Desarrollo de la Empleabilidad y la Formación a que abone a la actora las siguientes cantidades:

– 4.662,07 euros, correspondientes al 60 % de la indemnización por despido;

– 3.396,93 euros, correspondientes a las mensualidades, más el 10 % de interés por mora, aplicado sobre los conceptos salariales.

Con intervención procesal del Fogasa

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber su derecho a interponer contra la misma recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual podrán anunciar por comparecencia o por escrito ante este juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Dedúzcase testimonio literal de esta sentencia, que quedará en estas actuaciones, con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por el juez que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Fundación para el Desarrollo de la Empleabilidad y la Formación (Fundefo), en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 1 de febrero de 2017

La letrada de la Administración de justicia