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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 39 Viernes, 24 de febrero de 2017 Pág. 9252

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía, Empleo e Industria

EXTRACTO de la Orden de 3 de febrero de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a acciones de fomento de la prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Galicia en el ejercicio de 2017.

BDNS (identif.): 332803.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarias

1. Podrán ser entidades beneficiarias:

a) En la línea 1: cursos, jornadas y seminarios formativos de contenido intersectorial, las asociaciones empresariales intersectoriales constituidas al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical, y las organizaciones sindicales intersectoriales con representatividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

b) En la línea 2: cursos, jornadas y seminarios formativos de contenido sectorial y otras acciones de fomento de la prevención de riesgos laborales:

1º. Fundaciones sectoriales paritarias para la promoción de la prevención de la seguridad y salud laboral, nacidas de la negociación colectiva o de acuerdos sectoriales, con sede y actividad en Galicia.

2º. Organizaciones sindicales con representatividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, tanto de carácter sectorial como intersectorial.

3º. Asociaciones empresariales gallegas, sectoriales o intersectoriales, constituidas al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical.

4º. Asociaciones profesionales y empresariales gallegas, registradas al amparo de la Ley orgánica 1/2002, de 20 de marzo, reguladora del derecho de asociación, que recojan expresamente en sus estatutos que tienen entre sus fines el fomento de la prevención de riesgos laborales.

5º. Asociaciones profesionales de trabajadores y trabajadoras autónomos/as registradas según lo establecido en el Decreto 406/2009, de 22 de octubre, que recojan expresamente en sus estatutos que tienen entre sus fines el fomento de la prevención de riesgos laborales.

2. No obstante lo indicado en el apartado 1, de conformidad con lo establecido en el artículo 8.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, las entidades beneficiarias podrán constituir agrupaciones de acuerdo con lo siguiente:

a) Los miembros asociados de la entidad beneficiaria que se comprometan a ejecutar la totalidad o parte de la actividad que fundamenta la concesión de la subvención en nombre y por cuenta de la misma. En este caso, junto con la solicitud deberán aportar certificado expedido por quien ostente estas facultades en la organización, de acuerdo con sus estatutos, en el que se acredite la condición de miembro asociado integrante de la misma y un compromiso formalizado entre ambas entidades en el que se determine la parte estimada de la actividad subvencionable que ha previsto ejecutar, compromiso que será suscrito por la representación legal de ambas entidades según el modelo establecido en el anexo V. En todo caso, el pago de la subvención se efectuará a la entidad beneficiaria principal.

Las agrupaciones formadas por organizaciones o entidades previstas en la línea 1 y las entidades vinculadas a éstas que tengan entre sus fines el desarrollo de actividades formativas. En este caso, deberán nombrar a una persona representante o apoderada única de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como entidad beneficiaria, corresponden a la misma.

Segundo. Objeto

Esta orden tiene por objeto el establecimiento de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, por la Consellería de Economía, Empleo e Industria, Secretaría General de Empleo, mediante el régimen de concurrencia competitiva, a fin de llevar a cabo acciones de formación y fomento de la prevención de riesgos laborales en Galicia.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 3 de febrero de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a acciones de fomento de la prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Galicia en el ejercicio de 2017.

Cuarto. Importe

1. Estas ayudas se distribuyen en dos líneas:

a) Línea 1: cursos, jornadas y seminarios formativos de contenido intersectorial en materia de prevención de riesgos laborales. Con un importe total de 490.000 euros.

b) Línea 2: cursos, jornadas y seminarios formativos de contenido sectorial y otras acciones de fomento de la prevención de riesgos laborales. Con un importe total de 1.000.000 de euros.

Quinta. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes a contar a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 3 de febrero de 2017

Francisco Conde López
Conselleiro de Economía, Empleo e Industria