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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 39 Viernes, 24 de febrero de 2017 Pág. 9422

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

RESOLUCIÓN de 6 de febrero de 2017, de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la que se da publicidad a la parte dispositiva de la Sentencia de 12 de diciembre de 2016, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Quinta del Tribunal Supremo.

Para conocimiento general, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 72, 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, se hace público que la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, con fecha 12 de diciembre de 2016, dictó sentencia en el recurso de casación núm. 3137/2015, contra la sentencia pronunciada, con fecha 25 de junio de 2015, por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el procedimiento ordinario 4221/2014, interpuesto por Manuel Nieto Carballeda, Luis González González y Aurora Álvarez Dopazo. Esta sentencia, que deviene firme, en su parte dispositiva literalmente dice:

«1º. Que debemos declarar y declaramos haber lugar al recurso de casación 3137/2015, interpuesto por Manuel Nieto Carballeda, Luis González González y Aurora Álvarez Dopazo, contra la sentencia dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en fecha 25 de junio de 2015, en el recurso contencioso-administrativo 4221/2014.

2º. Que debemos anular y anulamos, y casamos la citada sentencia.

3º. Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo 4221/2014, formulado por Manuel Nieto Carballeda, Luis González González y Aurora Álvarez Dopazo contra la Orden de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de 7 de febrero de 2014, por la que fue definitivamente aprobado el Plan general de ordenación municipal de Monterrei (publicada en el DOG de 19 de febrero y en el BOP de Ourense de 21 de marzo).

4º. Que declaramos dicha orden y el Plan general de ordenación urbana de Monterrei, por la misma aprobado, contrarios al ordenamiento jurídico y, en consecuencia, los anulamos.

5º. Que no hacemos expresa imposición de las costas causadas en instancia y en casación.

6º. Publíquese el fallo de esta sentencia en el Diario Oficial de Galicia, a los efectos previstos en el artículo 72.2 de la Ley jurisdiccional 29/1998, de 13 de julio».

Santiago de Compostela, 6 de febrero de 2017

María Encarnación Rivas Díaz
Directora general de Ordenación del Territorio y Urbanismo