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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 37 Miércoles, 22 de febrero de 2017 Pág. 8837

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (648/2013).

Yo, María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento seguridad social 648/2013 de este juzgado de lo social, seguidos a instancia de José Antonio Prieto Nieves contra Construcciones Metálicas Carreira, S.L. y el Servicio Público de Empleo Estatal, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

«Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por José Antonio Prieto Nieves, contra el Servicio Público de Empleo Estatal y contra Construcciones Metálicas Carreira, S.L., debo declarar y declaro el derecho del actor a percibir la prestación por desempleo en la cuantía resultante de aplicar una base reguladora diaria de 53,35 euros, condenando a las demandadas a que así lo reconozcan, acaten y abonen, declarando la responsabilidad directa de la mercantil Construcciones Metálicas Carreira, S.L., por las diferencias existentes entre la prestación a la que tiene derecho el demandante conforme a una base reguladora de 53,35 euros diarios y la inicialmente reconocida por el SPEE (de 50,97 euros diarios), por infracotización, con obligación de anticipo por parte del Servicio Público de Empleo Estatal, sin perjuicio de las acciones de repetición que puedan corresponderle al SPEE frente a Construcciones Metálicas Carreira, S.L.

Notifíquese a las partes la presente resolución haciéndoles saber que frente a la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de su notificación».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Construcciones Metálicas Carreira, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 2 de febrero de 2017

La letrada de la Administración de justicia