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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 35 Lunes, 20 de febrero de 2017 Pág. 8321

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (187/2015).

Yo, María Blanco Aquino, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento sobre seguridad social 187/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Luis Gómez Martínez contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, Alstom Power, S.A., Talleres y Aplicaciones del Eume, S.L.U., Hidrocantábrico Energía, S.A. y la administración concursal de Talleres y Aplicaciones del Eume, S.L., sobre seguridad social, se ha dictado sentencia cuyo encabezado y parte dispositiva a continuación se reseñan:

Sentencia.

En A Coruña a veinticuatro de enero de dos mil diecisiete.

Jorge Hay Alba, magistrado del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, habiendo visto los presentes autos seguidos en este juzgado, con el número 187/2015, en que son parte, de un lado como demandante José Luis Gómez Martínez, asistido por el letrado Federico Novo Prego, y como demandados el INSS y la TGSS, que comparecen representados por el letrado Francisco Requejo Gutierrez; Alstom Power, S.A., representada por el letrado José Daniel Pedrero Torres; Hidrocantábrico Energía, S.A., representada por la letrada Carmen Trabanco García; Talleres y Aplicaciones del Eume, S.L.U. y la administración concursal de Talleres y Aplicaciones del Eume no comparecen pese a estar citadas en legal forma, sobre prestaciones, ha pronunciado en nombre de su majestad el rey, la siguiente sentencia:

Fallo que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por José Luis Gómez Martínez contra el INSS, la TGSS, Hidrocantábrico de Energía, S.A., Alstom Power, S.A. y Talleres y Aplicaciones del Eume, S.L., y absuelvo a estas entidades de los pedimentos de la misma.

Notifíquese esta resolución a las partes a las que se hará saber que contra la misma sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarlo ante este juzgado en el plazo de cinco días a contar a partir de la notificación de esta sentencia.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Talleres y Aplicaciones del Eume, S.L.U., expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia (DOG).

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 24 de enero de 2017

La letrada de la Administración de justicia