La persona titular del Servicio de Movilidad de A Coruña acordó la incoación de los expedientes sancionadores número XC-01868-O-2016 y siete más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.
Intentada la notificación del acuerdo de incoación por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, ésta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican los acuerdos de incoación dictados a las personas interesadas.
Se les informa que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas del Servicio de Movilidad de A Coruña.
Se les otorga un plazo de quince días hábiles contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE para alegar lo que consideren conveniente, presentando o proponiendo las pruebas que estimen oportunas.
En el supuesto de que decida voluntariamente pagar la sanción antes de que transcurran treinta días contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOE, su cuantía se reducirá en un 30 % en la forma prevista en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres. La realización de dicho pago implica la conformidad con los hechos denunciados, la renuncia a formular alegaciones por parte de la persona interesada y la terminación del procedimiento sancionador.
A Coruña, 18 de enero de 2017
César Concheiro Ceide
Instructor jefe del Servicio de Movilidad de A Coruña
ANEXO
Expediente Matrícula |
Denunciado DNI/CIF |
Infracción denunciada Fecha-Hora-Carretera-p.k. |
Precepto calificador |
Precepto sancionador |
Sanción propuesta |
XC-01868-O-2016 0188-FCP |
Lodri 2015, S.L. B70448550 |
La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando. 31.5.2016; 12.06; AP9; 79,5 |
Art. 140.35 LOTT |
Art. 143.1.g) LOTT |
1.001 euros |
XC-01960-I-2016 C1900AK |
Juan José Miguens Miguens 76776977X |
Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero, careciendo de título habilitante. 20.7.2016; 12.20.05; AC-301; 0,100 |
Art. 141.25 en relación con el art. 140.1 LOTT |
Art. 143.1.k) LOTT Art. 143.1.f) LOTT |
801 euros |
XC-02501-I-2016 1736-GXJ |
Leotrans 3000 B70294566 |
La negativa u obstrucción a la actuación de los servicios de inspección que imposibiliten total o parcialmente el ejercicio de las funciones que legal o regulamentariamente tengan atribuidas. 3.11.2016; 12.10; N-634; 709,50 |
Art. 141.4 LOTT |
Art. 143.1.f) LOTT |
801 euros |
XC-02863-O-2016 3660-DWK |
Altruanis, S.L. B70380464 |
Realizar transporte público de mercancías careciendo de título habilitante. 8.10.2016; 9.10; AC840; 30,0 |
Art. 140.1 LOTT |
Art. 143.1.i) LOTT |
4.001 euros |
XC-02877-I-2016 5395-GFS |
Honorio Vega, S.L. B33627001 |
El exceso igual o superior al 2,5 % e inferior al 10 % sobre la MMA total en vehículos con MMA superior a 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 7 %. 27.10.2016; 11.52.07; AP9F; 25,200 |
Art. 142.2 LOTT |
Art. 143.1.c) LOTT |
366 euros |
XC-02897-I-2016 2959HGN |
Grupo Amosa 2015, S.L. B70459235 |
El exceso igual o superior al 25 % sobre la MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior a 33 %. 1.12.2016; 11.29.54; N-550; 37,100 |
Art. 140.23 LOTT |
Art. 143.1.h) LOTT |
3.600 euros |
XC-02899-I-2016 3899-FPY |
Transportes Alvite Peon, S.L. B70410394 |
La carencia, falta de datos esenciales, ocultación o falta de conservación de la documentación de control. 2.11.2016; 10.20; AC-552; 68 |
Art. 141.17 LOTT |
Art. 143.1.d) LOTT |
401 euros |
XC-02900-I-2016 C-1900-AK |
Juan José Miguens Miguens 76776977X |
El exceso igual o superior al 5 % e inferior al 15 % sobre la MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 7 %. 20.7.2016; 12.20.05; AC-301; 0 |
Art. 142.2 LOTT |
Art. 143.1.c) LOTT |
325 euros |