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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 23 Jueves, 2 de febrero de 2017 Pág. 5012

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (304/2014).

Yo, Juan Rey Pita, secretario del Juzgado de lo Social número 3 en sustitución del Juzgado número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 304/2014 a instancia de Emilio Núñez Villar contra la empresa Montajes Eléctricos García Bouzas, S.A., su administrador concursal, la empresa Unión Fenosa Distribución, S.A. (desistida) y el Fondo de Garantía Salarial sobre reclamación de cantidad, en los que recayó sentencia en fecha 10 de enero de 2017 que copiada en los particulares necesarios dice así:

«Fallo:

Se estima parcialmente la demanda formulada por Emilio Núñez Villar frente a Montajes Eléctricos García Bouzas, S.A., su administrador concursal, con intervención del Fondo de Garantía Salarial, y, en consecuencia:

Se condena la empresa Montajes Eléctricos García Bouzas, S.A. a abonar al actor la cantidad de ocho mil trescientos sesenta y siete euros (8.367 euros), devengando los conceptos salariales los intereses moratorios del 10 %.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación por razón de la cuantía, sin perjuicio de los demás motivos previstos en el artículo 191 de la LRJS.

La competencia para conocer el recurso de suplicación corresponderá, en su caso, al Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarse el mismo en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social, o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma, Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña».

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Montajes Eléctricos García Bouzas, S.A. expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 16 de enero de 2017

El secretario judicial