La persona titular del Servicio de Movilidad de la Jefatura Territorial de Pontevedra acordó la incoación de los expedientes sancionadores número PO-01985-S-2016 y cinco más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.
Intentada la notificación del acuerdo de incoación por correo certificado con recibí en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, ésta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican los acuerdos de incoación dictados a las personas interesadas.
Se les informa que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas del Servicio de Movilidad de la Jefatura Territorial de Pontevedra.
Se les otorga un plazo de quince (15) días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE para alegar lo que consideren conveniente, presentando o proponiendo las pruebas que estimen oportunas.
En el supuesto de que decida voluntariamente pagar la sanción antes de que transcurran treinta (30) días a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOE, su cuantía se reducirá en un 30 % en la forma prevista en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres. La realización de dicho pago implica la conformidad con los hechos denunciados, la renuncia a formular alegaciones por parte de la persona interesada y la terminación del procedimiento sancionador.
Pontevedra, 2 de diciembre de 2016
José Jorge Martínez Fernández
Jefe del Servicio de Movilidad de Pontevedra
ANEXO
Expediente Matrícula |
Denunciado DNI/CIF |
Infracción denunciada Fecha-Hora-Carretera-p.k. |
Precepto calificador |
Precepto sancionador |
Sanción propuesta |
PO-01985-S-2016 0881-FZD |
Renovados de las Cinco Jotas de Galicia, S.L. B36978716 |
Atenuante-Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero careciendo de título habilitante. |
Art. 141.25 en relación con el art. 140.1 LOTT |
Art. 143.1.k) LOTT Art. 143.1.f) LOTT |
801 euros |
PO-02690-O-2016 8040-HBS |
Southern Ocean, S.L. B27727775 |
La carencia, falta de datos esenciales, ocultación o falta de conservación de la documentación de control. |
Art. 141.17 LOTT |
Art. 143.1.d) LOTT |
401 euros |
PO-02852-I-2016 9941-GZM |
Popovici Mihai X3668128L |
La desatención total o parcial a las instrucciones o requerimientos de los miembros de la inspección del transporte terrestre o de las fuerzas encargadas de la vigilancia del transporte en carretera 24.8.2016 |
Art. 140.12 LOTT |
Art. 143.1.i) LOTT |
4.001 euros |
PO-03309-O-2016 PO-8203-BH |
Enrique García Chan 35322895R |
Atenuante-Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero, careciendo de título habilitante. |
Art. 141.25 en relación con el art. 140.1 LOTT |
Art. 143.1.k) LOTT Art. 143.1.f) LOTT |
801 euros |
PO-03410-O-2016 C-0063-AV |
Enrique García Chan 35322895R |
La utilización del tacógrafo sin haber realizado su calibrado o revisión periódica en los plazos y forma establecidos. 23.5.2016; 21.00; A-55; 12,0 |
Art. 140.34 LOTT |
Art. 143.1.g) LOTT |
1.001 euros |
PO-03798-O-2016 7521-JKJ |
Milagros Otero Gabian 44674428X |
El exceso igual o superior al 5 por ciento e inferior al 15 por ciento sobre la MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 11 %. 19.5.2016; 18.47; A-52; 299,8 |
Art. 142.2 LOTT |
Art. 143.1.c) LOTT |
375 euros |