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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 2 Martes, 3 de enero de 2017 Pág. 236

III. Otras disposiciones

Fondo Gallego de Garantía Agraria

EXTRACTO de la Resolución de 26 de diciembre de 2016 por la que se regula el procedimiento para la concesión de las ayudas para el suministro de leche y determinados productos lácteos al alumnado de centros escolares, y se convocan para el año 2017.

BDNS (Identif.): 327611.

De conformidad con el previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.la) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Personas beneficiarias

Será destinatario de la ayuda el alumnado que asista regularmente a los centros o establecimientos escolares, administrados o reconocidos por las autoridades competentes, que pertenezca a los siguientes niveles de enseñanza:

a) Educación infantil.

b) Educación primaria.

c) Educación secundaria, que comprenderá la educación secundaria obligatoria, el bachillerato y la formación profesional de grado medio.

Segundo. Objeto

La resolución tiene por objeto establecer las bases reguladoras del régimen de ayudas destinadas al suministro al alumnado de centros escolares en la Comunidad Autónoma de Galicia de leche y de productos lácteos transformados y la convocatoria de las dichas ayudas para el año 2017.

Tercero. Base reguladora y convocatoria

Resolución de 26 de diciembre de 2016 por la que se regula el procedimiento para la concesión de las ayudas para el suministro de leche y determinados productos lácteos al alumnado de centros escolares y se convocan para el año 2017.

Cuarto. Importe

La ayuda se concede para leche, leche con chocolate o con zumo de frutas o aromatizado, yogur de sabores o con frutas y queso, por una cantidad global máxima de 0,25 litros de equivalente de leche por alumno y día lectivo.

El importe unitario de la ayuda por 100 Kg de producto es de 18,15 € para toda la leche y los yogures de sabores. En el caso de los yogures con frutas el importe es de 16,34 €/100 kg. En el caso del queso, el importe de la ayuda varía de 54,45 €/100 kg para quesos frescos y transformados, aromatizados o no, que contengan un 90 % en peso de queso, hasta 138,85 €/100 kg para los demás quesos.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 26 de diciembre de 2016

Belén María do Campo Piñeiro
Directora del Fondo Gallego de Garantía Agraria