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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 248 Jueves, 29 de diciembre de 2016 Pág. 56477

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda)

EDICTO de ejecución definitiva 4042/2016 (P.O. 4735/2008).

EJD ejecución definitiva 4042/2016 (P.O. 4735/2008)

Recurrente: Eduardo Emilio Paz Santasmarinas

Letrado: Paulo López Porto

Procurador: Manuel Cupeiro Cagiao

Administración demandada: Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes

Letrado: letrado de la Xunta de Galicia

Codemandado: Ayuntamiento de Santiago de Compostela

Procuradora: Belén Casal Barbeito

Letrado: Carlos González-Concheiro Álvárez

En el procedimiento arriba indicado se ha acordado librar el presente edicto a fin de que se publique en ese Diario Oficial de Galicia la parte dispositiva de la sentencia dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de fecha 24 de noviembre de 2016.

«Fallamos que estimando parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Eduardo Emilio Paz Santasmarinas contra la Orden de 1 septiembre de 2008, dictada por la CPTOPT, por la que se aprueba definitivamente el PGOM de Santiago de Compostela y, en consecuencia, anulamos parcialmente la mencionada Orden de 1 de septiembre de 2008 en el exclusivo extremo relativo al punto P-11 O Castiñeiriño del artículo 150 de dicho PGOM, y declaramos que la parcela descrita en el denominado “Fundamento de hecho previo” ha de recibir la consideración de suelo urbano consolidado; sin hacer especial condena en costas.

Esta sentencia es susceptible del recurso ordinario de casación del artículo 86 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa (LJCA) de 1998, que habrá de prepararse mediante la presentación de escrito en esta sala en el plazo de diez días.

Firme que sea la presente, devuélvanse los autos originales al juzgado de procedencia, junto con certificación y comunicación.

Así lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Publicación.

Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el magistrado ponente José María Arrojo Martínez, al estar celebrando audiencia pública la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, en el día de su fecha, de lo que yo, decretaria, certifico.

A Coruña, 12 de diciembre de 2016

Inmaculada Pérez Arrojo
Letrada de la Administración de justicia