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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 245 Lunes, 26 de diciembre de 2016 Pág. 55909

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (PO 1140/2015).

Yo, Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 5 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 1140/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Julio César Durán Piñeiro contra Talleres Fernández Coruña, S.L., Ifer Coruña, S.L., Fondo de Garantía Salarial, Grupo Fernández Automoción, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:

Juez: Javier López Cotelo

Procedimiento: reclamación de cantidad 1140/2015

Demandante: Julio César Durán Piñeiro

Letrado: Sr. Iglesias Canitrot

Demandados:

Talleres Fernández Coruña, S.L.

Ifer Coruña, S.L.

Grupo Fernández Automoción

Fogasa

Sentencia:

A Coruña, 24 de noviembre de 2016

Fallo:

1. Estimo la demanda formulada por Julio César Durán Piñeiro frente a Talleres Fernández Coruña, S.L., Ifer Coruña, S.L. y, en consecuencia, condeno a éstas a pagarle solidariamente al primero la suma de 4.284 euros en concepto de salarios adeudados, así como el interés del artículo 29.3 ET.

2. El Fogasa deberá de pasar por lo resuelto en la presente resolución en los términos del artículo 23.6 inciso primero de la LRJS con los límites previstos en el artículo 33 ET.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias y déjese testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiéndoles que contra ella no cabe recurso alguno.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada jueza que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Talleres Fernández Coruña, S.L., Ifer Coruña, S.L., y Grupo Fernández Automoción, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 24 de noviembre de 2016

La letrada de la Administración de justicia