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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 237 Miércoles, 14 de diciembre de 2016 Pág. 54538

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

CÉDULA de notificación de sentencia (RSU 2429/2016 MDM).

Tipo y número de recurso: RSU recurso de suplicación 2429/2016

Juzgado de origen/autos: Seguridad Social 821/2015 Juzgado de lo Social número 1 de Vigo

Recurrente: Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo

Abogada: Ana María Moreno Lugrís

Recurridos: Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Contratas y Servicios Cuntis, S.L., José Magán Torres

Abogado/a: Serv. Jurídico Seg. Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Clara Gil Fernández

Procuradora: Raquel Iglesias Regueira

Yo, María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la Sección Primera de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 2429/2016 de esta sección, seguido a instancia de la Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Contratas y Servicios Cuntis, S.L., José Magán Torres, sobre accidente de grado, se ha dictado la siguiente sentencia con fecha 11 de noviembre de 2016:

«Fallamos:

Que, desestimando el recurso de suplicación interpuesto por la Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Vigo, de fecha 19 de enero de 2016, debemos confirmar íntegramente la resolución recurrida.

Se decreta la pérdida del depósito constituido para recurrir y se condena a la recurrente a que abone la suma de 200 (doscientos) euros en concepto de honorarios del letrado impugnante del recurso.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá efectuar:

– El depósito de 600 euros en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el número 1552 0000 37 seguida de cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones” o “Concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 37 **** ++).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Contratas y Servicios Cuntis, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 15 de noviembre de 2016

La letrada de la Administración de justicia